El Congreso de la República reiteró al personal parlamentario que está prohibido el uso de minifaldas y otras prendas no autorizadas.
En un comunicado, señaló que de acuerdo al artículo 89 del Reglamento Interno de Trabajo, tampoco está permitido el uso de pantalones jeans, zapatillas, shorts y similares.
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Asimismo, advirtió que “presentarse con vestimenta inadecuada constituye una falta que puede ser sancionada”.
Del mismo modo, indicó que se permitirá asistir al centro de labores con vestimenta acorde a la estación, pudiendo prescindir del uso de saco y corbata.
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No obstante, el Congreso aclaró que se deberá mantener la vestimenta formal en las siguientes situaciones: sesiones del Pleno, Comisión Permanente y comisiones.
“Sin embargo, quienes participen en sesiones del Pleno, Comisión Permanente y Comisiones deberán mantener el uso obligatorio de vestimenta formal, conforme a lo establecido en el Código de Conducta de los Servidores y Funcionarios del Congreso de la República”, expresó.
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