La Fiscalía y la Procuraduría Anticorrupción presentaron sus recursos de apelación contra la sentencia que absolvió a Vladimir Cerrón de una acusación por malversación de fondos. El objetivo de ambos actores es que, en segunda instancia, se anule dicha sentencia y se realice un nuevo juicio.
Por este caso, el Ministerio Público pedía 2 años y 11 meses de prisión contra Vladimir Cerrón y otros siete exfuncionarios del gobierno regional de Junín. Se les acusó por haber malversado S/2′880.088 del proyecto “Reforestación de la margen derecha del valle del Mantaro”, dándole a ese dinero un uso diferente en otros proyectos.
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La absolución
El jueves 24 de febrero, en una audiencia pública, el juez Guido Arroyo absolvió a los acusados Vladimir Cerrón, Henry López Cantorín, Julio Matos Gilvonio, Estela Baldeón Hormaza, Ofelia Ríos Pacheco, William Acosta Laymito, Ulises Panez y Rocío Bonifacio Aliaga. En ese momento, El Comercio adelantó que la fiscal Bonnie Bautista iba a apelar la decisión.
Ese día, el juez solo leyó su decisión y no expuso sus argumentos. Estos fueron conocidos por las partes cuando se les notificó la sentencia completa. En el documento de 127 páginas -al que tuvo acceso este Diario-, el magistrado concluye que los acusados no hicieron un uso indebido del dinero, sino que todo se enmarcó de la ley y de sus funciones como parte del gobierno regional.
“El juzgador considera que no se tiene prueba suficiente para corroborar en grado de certeza la comisión del del delito de malversación de fondos ni la responsabilidad penal de los acusados”, resolvió Arroyo Ames.
“Si bien se ha acreditado durante el juicio que los funcionarios del Gobierno regional aplicaron un destino diferente a los recursos del proyecto Reforestación de la Margen Derecha del Valle del Mantaro, esta decisión tuvo sustento legal”, agregó.
Esta es la sentencia completa
La apelación
El 4 de marzo, la fiscal anticorrupción Bonnie Bautista presentó formalmente su apelación. De acuerdo a lo expresado en el documento, lo hizo con “el objeto que el juzgado conceda el recurso interpuesto para que se declara la nulidad por el superior en grado”.
Para la fiscal, la sentencia del juez en primera instancia cae en una motivación “incongruente” y una “indebida valoración” de las pruebas presentadas en el juicio, que se realizó entre agosto del 2021 y febrero de este año.
“El señor juez, al momento, de motivar su decisión, solo ha valorado aquellas [pruebas] que respaldan la absolución de los acusados”, aseguró.
La Fiscalía sostuvo así que durante el juzgamiento sí se acreditaron los hechos por los que acusaron a Vladimir Cerrón y los otros procesados, “bajo una pluralidad de indicios que se han probado en juicio”.
En particular, advirtió que no se valoró adecuadamente el trabajo pericial, no se convocó a un debate entre dos de los peritos y no se ordenó el examen de un testigo.
“Todo lo cual permite al Ministerio Público impugnar la recurrida [sentencia] en todos sus extremos y respecto a los 08 acusados que fueron indebidamente absueltos de la acusación fiscal. Igualmente, se impugna el extremo que declaró infundada la reparación civil por la suma de S/ 100,000 que se ha requerido entre los 08 acusados y de forma solidaria”, afirmó la fiscal.
Por otro lado, la decisión del juez también fue apelada por la Procuraduría Anticorrupción de Junín, a pesar de que esta no se había constituido como actor en el proceso. En un escrito enviado al magistrado Guido Arroyo el 2 de marzo, la procuradora Nora Flores también pidió que se eleve el caso a una sala de apelaciones, que se declare la nulidad de la sentencia y se disponga el desarrollo de un nuevo juicio.
“La Procuraduría tiene interés directo en el presente caso, toda vez que como agraviado por el delito, ante los fundamentos empleados para la absolución de la causa, se vería afectado con el pago de una futura reparación civil a favor del Estado”, sostuvo la abogada. Entre sus argumentos, también coincide en que el juez no valoró adecuadamente las pruebas.
“El juez no ha valorado que el proyecto tenía una finalidad específica, y ello no se ha cumplido por el actuar de los funcionarios públicos, siendo justamente éste extremo donde queda evidenciada la afectación”, afirmó.
Agregó que el magistrado “no ha analizado el hecho de que los funcionarios públicos acusados si desplegaron diversos actos administrativos tendientes a disponer de presupuesto de proyecto sin sustento técnico/legal”.
La postura de Cerrón
El abogado de Vladimir Cerrón en este caso, Luis Mayhua, comentó a El Comercio que la fiscalía y la procuraduría están en su derecho de apelar una sentencia que no les es favorable. Sin embargo, dijo confiar en que la absolución de su defendido será ratificada en la segunda instancia.
“Como se ha demostrado en el juicio de primera instancia, y probablemente va a seguir demostrándose en el de segunda, no existe el acto de la malversación (...) Lo que se ha demostrado es que hubo modificaciones presupuestarias, pero que son legales, amparadas en las leyes. Y que no hubo ningún perjuicio a ningún proyecto”, aseveró.
El letrado aseguró que no están preocupados y que la apelación “es el paso siguiente para que la sentencia quede firme”. Estimó que el proceso en segunda instancia podría estar resuelto hacia mediados de junio y que, incluso si se ordena un nuevo juicio, para cuando este empiece el caso ya podría haber prescrito.
Recurso concedido
Luego de recibir ambas apelaciones, el juez Guido Arroyo emitió una resolución este martes en la que concedió el recurso. En el documento, el magistrado señala que los pedidos de la fiscal y de la procuradora “han cumplido con la formalidad” y se encuentran dentro del plazo que establece el Código Procesal Penal.
Por lo tanto, ordenó que el caso sea elevado a la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Junín, conformada por los jueces Walter Chipana, Julio César Lagones y Richar Carhuancho. Serán ellos quienes, en segunda instancia revisará el fondo de las apelaciones y decidirán si ratifica la decisión de la sentencia o si acceden al pedido de Fiscalía y Procuraduría para anularla y ordenar un nuevo juicio.
El penalista Andy Carrión dijo a El Comercio que, dado que el pedido es que se anule la sentencia, los jueces de segunda instancia solo pueden limitarse a eso o a ratificar lo resuelto en primera instancia. No podrían, por su cuenta, variar la sentencia absolutoria por una sentencia condenatoria.
“La sala tiene que circunscribirse a lo peticionado por los apelantes (...) No puede la sala desvincularse de eso. Solo podría pronunciarse declarando nula o no esa sentencia”, indicó. Por otro lado, señaló que una vez elevado el recuso a la segunda instancia, la sala de apelaciones debe calificarlo y luego llamar a audiencias, con un plazo previo para presentar nuevas pruebas.
La abogada Liliana Calderón coincidió en que los jueces de segunda instancia actuarían dentro del límite del pedido de nulidad solicitado por el Ministerio Público. Además, dijo que usualmente las nulidades se conceden en apelación por temas o vicios de forma.
Calderón comentó que las audiencias de segunda instancia son como un “minijuicio” que suelen ser más rápido, ya que “no se actúe prueba (...) La sala dice que se actúen determinadas diligencias, actuaciones muy puntuales”. En caso se ordene un nuevo juicio, dijo que este tendría que ser con magistrado distinto y allí sí llevaría a que “las pruebas se vuelvan a actuar, que hayan nuevos interrogatorios”.
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