Poder Judicial aclaró resolución sobre las restricciones que debía cumplir Keiko Fujimori y ahora se podrá comunicar con su abogada Giulliana Loza, su esposo, Mark Vito Villanella, y con sus hermanos (Foto: GEC)
Poder Judicial aclaró resolución sobre las restricciones que debía cumplir Keiko Fujimori y ahora se podrá comunicar con su abogada Giulliana Loza, su esposo, Mark Vito Villanella, y con sus hermanos (Foto: GEC)
/ RENZO SALAZAR
Redacción EC

La Segunda Sala Nacional Especializada en Crimen Organizado aclaró la resolución emitida en abril pasado y señaló que la prohibición impuesta a para comunicarse con sus coimputados o testigos “no incluye” a sus hermanos Kenji y Sachie Fujimori; a su madre, Susana Higuchi; ni tampoco a su esposo ; ni a su abogada .

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El Poder Judicial notificó a todas las partes sobre su decisión tras respecto a las restricciones dictadas .

El Poder Judicial aclaró que Keiko Fujimori sí puede hablar con su esposo, su familia y su abogada Giulliana Loza.
El Poder Judicial aclaró que Keiko Fujimori sí puede hablar con su esposo, su familia y su abogada Giulliana Loza.


El Poder Judicial aclaró que Keiko Fujimori sí puede hablar con su esposo, su familia y su abogada Giulliana Loza.
El Poder Judicial aclaró que Keiko Fujimori sí puede hablar con su esposo, su familia y su abogada Giulliana Loza.

La defensa de Keiko Fujimori alegó que las reglas de conducta, entre las cuales se incluyó la imposibilidad de comunicarse con otros investigados o testigos de la investigación en su contra, no podían “perjudicar los derechos de unidad familiar y de defensa”, ya que familiares directos como Kenji Fujimori, Sachie Fujimori (hermanos) y Susana Higuchi (madre) han sido citados como testigos del Ministerio Público.

La misma condición de testigos tienen su esposo, Mark Vito Villanella, y su abogada, Giulliana Loza, quien también está siendo investigada por presuntamente haber intentado amedrentar a testigos para que no reconozcan que fueron falsos aportantes de la campaña presidencial de Fuerza Popular.

En su resolución, la sala indicó que, en la comparecencia con restricciones que se dictó el 30 de abril, se incluyó como regla de conducta la “prohibición de comunicarse con sus coimputados, testigos y otros órganos de prueba” mientras no concluya el proceso judicial.

Sin embargo, consideró que esta regla se dictó al valorar el “peligro de obstaculización de investigación” que planteó la fiscalía al acusar a Keiko Fujimori de, a través de abogados, amenazar a falsos aportantes para que no brinden su testimonio o mientan ante el Ministerio Público.

Sobre Kenji y Sachie Fujimori, así como Susana Higuchi, el Poder Judicial señaló que no tienen la calificación de falsos aportantes, por lo que no habría un riesgo procesal en su caso. A esto le suman que “por ser familiares de primer y segundo grado, ni siquiera tienen el deber de declarar en el presente caso”.

Sobre Mark Vito Villanella, la sala señaló que no se podía aplicar la regla de conducta porque se vulneraría el derecho a la unidad familiar, mientras que con la abogada Giulliana Loza se estaría afectando el derecho de defensa de la investigada.

“El proceso penal debe procurar satisfacer las pretensiones y expectativas de la sociedad respecto a que se castigue al culpable, de ser el caso; pero también se debe respetar el interés del imputado. Esta situación a veces puede verse amenazada frente a situaciones que se presentan por ausencia u oscuridad normativa, tanto legal como judicial; sin embargo, tales situaciones deben preponderar a la prevalencia de las garantías del procesado, pues este goza del principio constitucional de presunción de inocencia”, indica la resolución.

Cuando el Poder Judicial decidió excarcelar a Keiko Fujimori, a fines de abril, dictó una serie de reglas que conducta, que con las siguientes:

Estas son las reglas que conducta dictadas por el Poder Judicial cuando decidió excarcelar a Keiko Fujimori.
Estas son las reglas que conducta dictadas por el Poder Judicial cuando decidió excarcelar a Keiko Fujimori.

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