El Perú tiene más de medio millón de infectados con el nuevo coronavirus, los más de 600.000 contagios lo convierten en el quinto país con más casos de COVID-19. Ante estas cifras, el Gobierno se ha visto obligado a plantear una cuarentena focalizada y extender el estado de emergencia hasta el 30 de setiembre.
MIRA: “Cuarentena Focalizada” y “Estado de Emergencia”: ¿En qué se diferencian?
Desde el martes 1 de setiembre, las regiones de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna entrarán en cuarentena focalizada en toda su jurisdicción. A estas regiones se sumarán más de 40 provincias a nivel nacional, las cuales han sido incluidas por la alta incidencia de contagios de COVID-19.
Igualmente, el Estado de emergencia a nivel nacional se extenderá hasta le 30 de setiembre junto a estas cuarentenas focalizadas. Ambas medidas se detallan en el Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM, publicado el viernes pasado en el Diario Oficial El Peruano.
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En el Perú la cuarentena empezó a llamársele “Aislamiento Social Obligatorio”. El pasado 28 de agosto, el Gobierno dispuso que dicha medida se dé en algunos puntos del país, por lo que ahora se le denomina “cuarentena focalizada”.
En este caso incluye a las regiones de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna y a 46 provincias de otros 14 departamentos, que se ubican en:
Región | Provincias |
---|---|
Amazonas | Bagua, Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba. |
Áncash | Santa, Casma, Huaraz y Huarmey. |
Apurímac | Abancay |
Arequipa | Camaná, Islay, Caylloma y Castilla. |
Ayacucho | Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas. |
Cajamarca | Cajamarca y Jaén. |
Huancavelica | Huancavelica, Angaraes y Tayacaja. |
Huánuco | Huánuco Leoncio Prado, Puerto Inca y Huamalíes. |
Ica | Ica, Pisco, Nasca y Palpa. |
Junín | Huancayo, Satipo y Chanchamayo. |
La Libertad | Trujillo, Pacasmayo, Chepén, Ascope, Sánchez Carrión y Virú. |
Lima | Barranca, Cañete, Huaura y Huaral. |
Madre de Dios | Tambopata |
Pasco | Pasco y Oxapampa. |
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Por otro lado, en dichas localidades se ha establecido un toque de queda que rige desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas, del día siguiente. Los domingos la inmovilización social obligatoria es todo el día: inicia desde las 20:00 del sábado y se extiende hasta las 04:00 horas en todo el territorio nacional.
El decreto supremo reitera también que las reuniones sociales se encuentran prohibidas, por lo que las reuniones familiares, amicales o de trabajo no están permitidas, al menos de forma presencial. Estas actividades quedan vedadas por razones de salud pública, ya que se busca menguar la cantidad de contagios diarios de COVID-19.
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