Pago de pensiones a jubilados del DL 19990: ¿desde cuándo se realizará y en qué orden? | En esta nota te contaremos cuándo se realizará y en qué orden se hará, además de brindarte otra información relacionada a este importante tema. (Foto: ONP)
Pago de pensiones a jubilados del DL 19990: ¿desde cuándo se realizará y en qué orden? | En esta nota te contaremos cuándo se realizará y en qué orden se hará, además de brindarte otra información relacionada a este importante tema. (Foto: ONP)
Redacción EC

El ansiado pago de pensiones a los jubilados de la del DL 19990 ya está a la vuelta de la esquina, es decir, ya está cada vez más cerca. Es por ello que en esta nota te contaremos cuándo se realizará y en qué orden se hará, además de brindarte otra información relacionada a este importante tema que es de mucha utilidad para quienes reciben este dinero por parte del Estado como parte de sus ahorros de jubilación.

DESDE CUÁNDO SE REALIZARÁ EL PAGO DE PENSIONES A JUBILADOS DEL DL 19990 Y EN QUÉ ORDEN

Al menos 650.743 pensionistas del Decreto Ley N° 19990 a quienes, entre el 9 y el 12 de enero, se les depositará sus pensiones en sus cuentas bancarias, informó la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Este pago se realizará según la primera letra de su apellido paterno. A partir del lunes 9 de enero, podrán disponer de sus pensiones los que se inicien de la A a la C; el martes 10, de D a la L; el miércoles 11, de la M a la Q; y el jueves 12, de la R a la Z.

Los pensionistas de la ONP podrán acercarse a las agencias bancarias para retirar sus pensiones o lo pueden hacer en los cajeros automáticos o agentes bancarios más cercanos a sus domicilios.

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Asimismo, 10.135 asegurados de la ONP recibirán sus pensiones en la comodidad de sus hogares, gracias al servicio de Pago a Domicilio, con el cual un pagador debidamente acreditado los visitará entre el 14 y el 23 de enero.

En Lima, donde se encuentra el mayor número de pensionistas de la ONP, se ha establecido una programación de entrega segmentada en tres grupos distintos, lo que ha permitido reducir el tiempo de espera 10 días a 2 o 3.

En ese sentido, del 14 al 16 de enero, recibirán sus pagos los pensionistas de la ONP domiciliados en la Zona Norte (Ancón, Bellavista, Callao, Carabayllo, Carmen de la Legua, Comas, Independencia, La Perla, La Punta, Los Olivos, Mi Perú, Puente Piedra, San Martín de Porres, San Miguel, Santa Rosa, Santa Rosa de Quives y Ventanilla).

Del 17 al 18 de enero recibirán la visita de los pagadores los residentes de la Zona Sur Este (Barranco, Chilca, Chorrillos, Lurín, Miraflores, Punta Negra, San Borja, San Isidro, San Juan de Miraflores, Santiago de Surco, Surquillo, Villa el Salvador, Villa María del Triunfo).

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Del 19 al 21 de enero, cobrarán los domiciliados en la Zona Centro Este (Ate, Breña, Chaclacayo, Cieneguilla, El Agustino, Jesus María, La Molina, La Victoria, Lima, Lince, Lurigancho, Magdalena del Mar, Magdalena Vieja, Pachacamac, Ricardo Palma, Rímac, San Juan de Lurigancho, San Luis, Santa Anita, Santa Eulalia).

Los pensionistas de la ONP que no pudieron recibir el importe de su pensión en las fechas programadas tendrán una nueva visita del pagador el 22 y 23 de enero.

QUÉ ES LA ONP

La Oficina De Normalización Previsional, o también conocido como la ONP, es una institución pública descentralizada del Ministerio de Economía y Finanzas y su misión es orientar sus esfuerzos para lograr el bienestar de los jubilados a través de un trato amable y justo, utilizando procesos eficientes y altos estándares de calidad.

La ONP tiene fondos y patrimonio propios, autonomía funcional, administrativa, técnica, económica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal.

Entre las funciones de la ONP está reconocer, declarar, calificar, verificar, otorgar, liquidar y pagar derechos pensionarios con arreglo a ley, de los sistemas previsionales que se le encarguen o hayan encargado, mantener informados y orientar a los asegurados obligatorios y facultativos, sobre los derechos y requisitos para acceder a una pensión y otros beneficios pensionarios de su competencia, sobrellevar los registros contables y elaborar los estados financieros correspondientes a los sistemas previsionales a su cargo y de los fondos que administre, calificar, otorgar, liquidar y pagar el derecho a Bono de Reconocimiento a que se refiere la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, Bono de Reconocimiento Complementario y cualquier otra obligación que se derive de sus fines, conforme a ley, entre otros.

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La ONP fue creada mediante el Decreto Ley N.º 25967 del 7 de diciembre de 1992, por el Gobierno de Alberto Fujimori.

El 1 de junio de 1994, asumió la administración del Sistema Nacional de Pensiones.

El aporte al Sistema Nacional de Pensiones es el 13%. Para recibir una pensión tiene que aportar obligatoriamente por 20 años. La pensión se recibirá hasta el fallecimiento. La mínima es de S/.4151 y la máxima pensión fijado es de S/.857,36.

La ONP es la primera entidad que logra incorporar personal bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, marcando un hito para esta reforma cuyo objetivo es el de modernizar de manera integral la administración pública en el Perú. En 2008 sus consultas se realizan desde su página web.

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