El Indecopi aprobó la directiva que regulará las juntas de acreedores por medios virtuales, las cuales permitirán la continuación del trámite de los procedimientos concursales, a fin de no alterar las disposiciones de la emergencia sanitaria por COVID-19.
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Mediante Resolución Nº 000055-2020-PRE/INDECOPI se dispone aprobar la “Directiva que regula las reuniones virtuales de la Junta de Acreedores, implementación y formalidades para su realización” N° 001-2020/DIR-COD-INDECOPI.
La modalidad es aplicable a los procedimientos concursales regulados por la Ley General del Sistema Concursal y demás normas que regulen los procedimientos concursales a su cargo.
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La directiva busca sustituir los canales presenciales por alternativas digitales, así como reducir los costos del procedimiento asociado a la realización de la junta de acreedores.
La directiva contiene, entre otras, las siguientes disposiciones:
- Formalidades de las convocatorias a junta de acreedores.
- Responsables de administrar la plataforma o cualquier medio tecnológico que se utilice para su desarrollo.
- Responsables de la verificación de identidad y legitimidad de los participantes, así como permitir su acceso a las sesiones virtuales.
- Responsables de la verificación del quorum y las mayorías requeridas para la adopción de los acuerdos.
Además, la directiva establece la sanción para quien presente información falsa, respecto a su identidad o facultades de representación, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que pudiera corresponder.
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¿Qué es el covid-19?
El covid-19 es la enfermedad infecciosa que fue descubierta en Wuhan (China) en diciembre de 2019, a raíz del brote del virus que empezó a acabar con la vida de gran cantidad de personas.
El Comité Internacional de Taxonomía de Virus designó el nombre de este nuevo coronavirus como SARS-CoV-2.
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