La cobertura que brinda el FSD se ajusta trimestralmente por la variación del Índice de Precios al por Mayor (IPM).  (Fuente: El Peruano)
La cobertura que brinda el FSD se ajusta trimestralmente por la variación del Índice de Precios al por Mayor (IPM). (Fuente: El Peruano)
Redacción EC

La , mediante Circular N° B-2272-2024, ha dispuesto la actualización trimestral del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) de S/ 121,500 en el periodo junio – agosto 2024 a S/ 121,900 en el período setiembre – noviembre de 2024.

La cobertura que brinda el FSD se ajusta trimestralmente por la variación del Índice de Precios al por Mayor (IPM). Además, es la entidad privada encargada de proteger a los depositantes cuando una entidad autorizada a captar depósitos es intervenida por la SBS.

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Cabe recordar que el FSD cubre únicamente los depósitos nominativos; es decir, aquellos en los que aparece el nombre del titular o titulares del depósito, sean personas naturales o personas jurídicas privadas sin fines de lucro.

También están cubiertos los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas. Dentro de los depósitos cubiertos se encuentran los depósitos a la vista, de ahorro, a plazo y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

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La SBS agrega que también están cubiertos los intereses corridos de los depósitos mencionados, a partir de la fecha de inicio del depósito o de su última renovación.

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