La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso aprobó el dictamen del Proyecto de Ley 7390/2023-CR, el cual pretende derogar la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica (Ley Nº 31316), cuyo objetivo es proteger la salud de las personas y evitar algún tipo de daño ambiental.
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Dicho dictamen, presentado por la congresista Edhit Julón (Alianza Para el Progreso) en marzo pasado, propone la “Ley que promueve la reactivación económica de la industria de publicidad exterior”, y tiene como fin “impulsar y promover la reactivación económica, la inversión responsable, el crecimiento sostenible y la competitividad” de la referida industria. Para ello, busca establecer un nuevo régimen regulatorio para este tipo de publicidad: paneles publicitarios luminosos y similares.
Según manifestó anteriormente el presidente de la Comisión de Economía, el congresista César Revilla, el proyecto busca contar con una regulación acorde con las exigencias de la crisis económica que atraviesa el país, pues existe la injerencia de distintas entidades públicas, situación que no hace más que burocratizar el proceso. La norma ya se encuentra en agenda para ser debatida próximamente en el Pleno.
Algunas de las nuevas medidas y parámetros que establece este dictamen para “promover” el ejercicio de la publicidad exterior son las siguientes:
- Las licencias y/o autorizaciones para la industria de la publicidad exterior, tienen vigencia indeterminada, en la medida que se conserven las características autorizadas por la autoridad competente.
- Las empresas incluidas dentro del marco tributario y laboral , gozan del beneficio de no pago del derecho de uso de espacio público por el periodo de 3 años.
- El horario de encendido para los elementos de publicidad exterior luminosos y/o iluminados es entre las 7am hasta las 11pm.
Asimismo, en su disposición complementaria, el dictamen dispone la derogatoria de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica. Esta norma, a diferencia de la recientemente aprobada por la Comisión de Economía, dispone una vigencia de la autorización para la publicidad exterior de 3 años, con carácter renovable. Esto, con el fin de preservar la armonía del paisaje urbano, la imagen de la ciudad y evitar obstruir la visibilidad del espacio público.
El modificar la vigencia del plazo de autorización hacia un modelo indefinido ya no permitiría que las autoridades verifiquen la necesidad y utilidad de esta publicidad y que revisen su permanencia si es que representan un riesgo para la salud de las personas o la fauna silvestre. En el caso de este último, estos elementos luminosos pueden generar perturbación en el descanso de animales y de toda la biodiversidad que los rodean.
Esta ley también regula la iluminación proveniente del alumbrado público y de las instalaciones deportivas, industriales, productivas y de servicio.
Además, establece zonas de protección contra contaminación lumínica (ZPCL), con normativas específicas según su nivel de luminosidad.
En tanto, la ley actual precisa un rango de horario distinto en el que deben operar los paneles luminosos y/o iluminados: de 7am a 10pm de lunes a jueves; de 7am a 11pm los viernes y sábado; y de 9am a 10pm los domingos y feriados.
Los sustentos del dictamen
La parte de exposición de motivos de dicho dictamen carece de mayor sustento técnico. Se limita a justificar dicha norma porque pretende fomentar y reactivar el sector económico de la publicidad exterior debido a que viene de “una lenta recuperación luego de la pandemia generada por el COVID-19; para lo cual, brindar un marco de seguridad jurídica para la inversión es necesario”.
También destaca la importancia de promover la inversión privada mediante la publicidad exterior, pues este sector tiene un rol muy importante para el consumo y la inversión al encargarse de exhibir los bienes y/o servicios que se ofertan en nuestra economía. No se puede dejar de notar algunos errores de redacción y de redundancia en esta parte justificativa del proyecto.
“Dentro de nuestra economía, el consumo es un factor trascendental y primordial, en tal sentido promover el consumo en nuestra economía es el motor de la economía, promover al turismo, el consumo en centros comerciales, adquisición de bienes, adquisición de servicios, entre otros es lo que le otorga dinamismo a nuestra economía”, se lee.
Respecto al efecto de la norma sobre la legislación ya existente, se precisa que teniendo en cuenta que el proyecto de ley busca tener un nuevo marco jurídico que promueva, impulse y desarrolle la publicidad exterior de bienes y servicios, la derogatoria de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica se da “en razón que parte de los aspectos normados en esta se encontrarán contenidos en la nueva ley”.
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Sin embargo, cabe decir que en ninguna parte del dictamen de la “Ley que promueve la reactivación económica de la industria de publicidad exterior” se hace mención al impacto negativo que puede causar este tipo de actividad si no es regulada eficientemente, ni tampoco los daños a la salud de las personas y al medio ambiente que puede ocasionar la exposición constante a paneles publicitarios con alto nivel de luminosidad.
Esta carencia del impacto social se ve reflejado también en el análisis de costo-beneficio (de apenas dos párrafos y un pequeño cuadro), donde se señala que la población se verá beneficiada por la nueva ley al generar esta mayor empleo e ingresos para hacer frente a la crisis económica. Además, asegura que mejorará los indicadores de empleo, pobreza e ingreso de la población de las zonas involucradas.
El Comercio intentó comunicarse con la congresista Julón (mediante WhatsApp y correo) a fin de tener mayores alcances sobre este dictamen y los análisis en que se basa, pero hasta el cierre de esta nota no obtuvo respuesta. De igual modo, se contactó con algunas empresas dedicadas a la industria de publicidad exterior para conocer su opinión al respecto, sin embargo, no hubo resultados.
El impacto de derogar ley
La Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica fue aprobada en 2021 por el Congreso con el objetivo de regular todas las fuentes de contaminación lumínica en el país y así, mediante un entorno sano y equilibrado, mejorar la calidad de vida de las personas, la flora y la fauna silvestre. Asimismo, busca promover el uso sostenible de la luz artificial mediante acciones preventivas y fomentar la eficiencia energética y la seguridad vial de los transeúntes y conductores.
Algunos de los daños ocasionados por la contaminación lumínica son la alteración de los ciclos de sueño, afectación a la salud mental y el aumento del riesgo de enfermedades cardiovasculares y algunos tipos de cáncer. También se relaciona con un mayor riesgo de partos prematuros.
En cuanto al perjuicio a los animales, se sabe que desorienta a las aves migratorias, afecta los ciclos de anidación de las tortugas marinas y tiene un impacto devastador en la población de insectos. En tanto, en términos de seguridad vial, puede distraer a los conductores, aumentando así el riesgo de accidentes de tránsito.
Jean Pierre Araujo, coordinador legal de Conservamos por Naturaleza de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), una de las organizaciones que impulsó la aprobación de esta ley, comentó a El Comercio que el dictamen recientemente aprobado carece de un sustento realmente técnico y una justificación lógica para pretender flexibilizar un marco legal existente. Critica, además, que el argumento sea ayudar a la reactivación económica del rubro de publicidad exterior.
“El dictamen no tiene más de 8 artículos. Supuestamente su objetivo es reactivar la inversión en la industria de publicidad exterior. Entiendo que va por una lógica post covid, pero actualmente ya creo que ningún sector habla de reactivación económica. Es raro. Si uno lee la exposición de motivos no hay una justificación, su análisis costo beneficio es totalmente reducido, básicamente dice que no va a generar gasto al erario público. Eso no es un análisis”, detalló.
Araujo explicó que el dictamen debería, en todo caso, describir la situación actual de la industria de publicidad exterior, las afectaciones que ha tenido en los últimos años y los impactos que se buscan alcanzar. En el caso de la norma de prevención y control de contaminación lumínica, este análisis sí se hizo.
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“Del otro lado tenemos una ley de contaminación lumínica donde en su momento se desarrolló cómo la iluminación exterior de ciertos elementos de publicidad pueden afectar la salud, específicamente el sueño de las personas que viven cerca a estos lugares. Por eso se estableció parámetros, pensados en el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano y saludable. No hay una lógica y un sustento entre lo que busca proponer este dictamen versus lo que ya hace la ley actual”, sostuvo.
Sin embargo, lo más preocupante, según el experto, es que el dictamen aprobado va a reducir la capacidad del Estado de reevaluar los parámetros y la revisión de las instalaciones o la tecnología que se utilice en carteles o paneles iluminados, pues propone que las autorizaciones sean permanentes. Como consecuencia las empresas se ven incentivadas a seguir con la misma tecnología y no pensar en un recambio en beneficio de reducir los impactos nocivos para la salud.
“Por ejemplo, si me dan una licencia indeterminada entonces yo pongo un cartel con focos incandescentes. En 10 o 15 años esa tecnología puede haber quedado desfasada, pero yo tengo el derecho de seguir usándola. Eso es algo preocupante”, resaltó Araujo.
A esto se suma la exoneración a las empresas del pago del derecho de uso del espacio público, así como la ampliación del rango horario en que deben funcionar estos paneles publicitarios. “Hasta los ambulantes en campaña navideña pagan un derecho por usar el espacio público a las municipalidades, no hay ninguna explicación de estos beneficios Derogar este régimen significaría retroceder y dispararnos contra nuestros propios derechos”, agregó.
Por su parte, el exviceministro del Ambiente, Mariano Castro, consideró que el mencionado dictamen resulta ser muy perjudicial para salud ambiental de la población y que dejaría a la población en total desprotección ante el mal uso de la publicidad exterior si se deroga la ley de prevención y control de contaminación lumínica.
“Afecta los derechos constitucionales que tienen que ver con la protección de la salud de las personas. Creo que se están priorizando intereses ajenos al interés público. El Ministerio del Ambiente, la OEFA y las municipalidades han recibido múltiples preocupaciones y demandas por parte de familias y personas que ven dañadas su habitabilidad urbana, paz y salud por esta actividad publicitaria”, mencionó.
Castro acotó que en las ciudades el país se han multiplicado este tipo de avisos que dañan la habitabilidad ambiental urbana debido a que son colocados en cualquier lugar, afectando el descanso y la salud de las familias, así como los ecosistemas y la biodiversidad. “En consecuencia es totalmente contraproducente el dejar al país sin una regulación que prevenga y controle la contaminación lumínica en su totalidad”, expresó.
El exviceministro del Ambiente añadió que con este dictamen el Perú se estaría alejando del proceso de acceso a las mejoras políticas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Mencionó que hay estándares internacionales en base a políticas que se han comprobado que son beneficiosas para el bienestar y el desarrollo de una sociedad.
“La publicidad, sin duda, es importante, pero no debe dañar a la salud, ni debe afectar el ambiente. En la región, en Chile, en Colombia, en Brasil existen estas regulaciones. Es incomprensible esta decisión de retroceso. No tiene precedentes. Al contrario, lo que debería exigirse en el Congreso es una labor de fiscalización, es exigir al Ministerio de Ambiente para que reglamente la ley vigente y que ponga en marcha mecanismos de prevención y control”, comentó Castro.
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Ambos expertos indicaron que la presidencia debe observar este dictamen, ya que, precisamente, carece de la opinión del Ejecutivo, y que lo regrese a comisión.
Estado de la actual ley
Casi tres años después de su aprobación, a inicios de marzo de este año, el Ministerio del Ambiente (Minam) prepublicó el proyecto de reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica.
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El plazo para implementar este reglamento, sin el cual la ley no puede entrar en vigencia, ya había vencido el 27 de enero de 2022, lo que da cuenta de una evidente demora por parte del Ejecutivo.
Vale decir que el proyecto de ley de la congresista Julón fue presentado justo días después de que se prepublicara el proyecto de dicho reglamento..
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