
En una movida legislativa que marca un antes y un después para miles de personas que alquilan vivienda en Florida, el gobernador Ron DeSantis firmó la ley HB 615, una normativa que permite —por primera vez en el estado— que propietarios e inquilinos puedan enviarse notificaciones legales a través del correo electrónico. La medida busca modernizar los canales de comunicación entre ambas partes y ofrecer una alternativa más rápida, siempre que exista consentimiento mutuo.
La HB 615 es una de las ocho leyes firmadas por DeSantis el pasado 29 de abril, en una intensa jornada desde Tallahassee. Entre las nuevas normas aprobadas también figuran temas tan diversos como pruebas de fentanilo, diabetes escolar y hasta la entrega voluntaria de bebés. Pero fue la HB 615 la que más atención generó por su impacto directo en el día a día de quienes viven en alquiler en el Estado del Sol.

¿DESDE CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA LEY HB 615?
Esta nueva ley —oficialmente llamada “Ley de Entrega Electrónica de Notificaciones Entre Propietarios e Inquilinos”— establece que, a partir del 1 de julio de 2025, será legal y válido utilizar e-mails para enviar avisos relacionados con contratos de arrendamiento. Esto incluye notificaciones de renovación, terminación de contrato, problemas con la propiedad, entre otros documentos clave. Sin embargo, no es automático: ambas partes deberán estar de acuerdo.
Para que el correo electrónico tenga validez legal, propietarios e inquilinos deben firmar una cláusula adicional en el contrato de arrendamiento donde autoricen expresamente el uso de este medio de comunicación. La ley exige que esta cláusula sea clara, opcional y bien destacada, lo que protege a quienes prefieran mantener el sistema tradicional de notificaciones impresas.

CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA
Otro aspecto importante es que cada parte deberá registrar una dirección de correo electrónico válida. Si alguno cambia de dirección, puede actualizarla con una simple notificación por escrito. Además, el consentimiento puede revocarse en cualquier momento, también por escrito, y la cancelación será efectiva desde el instante en que la otra parte la reciba.
Desde el punto de vista legal, la ley establece que los correos electrónicos enviados bajo esta cláusula se considerarán entregados al momento del envío, siempre y cuando no sean devueltos por error. Para protegerse, la parte que envía el mensaje debe guardar una copia del correo y una prueba de su transmisión, lo cual puede ser tan simple como un pantallazo o un comprobante de envío.
Esta modernización del sistema podría representar un gran alivio para arrendadores e inquilinos que hasta ahora debían recurrir a métodos más lentos y costosos para entregar avisos importantes. Además, reduce el margen de errores o malentendidos, al dejar un registro claro y digital de lo enviado y recibido.
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