La candidata presidencial venezolana por el partido opositor Vente Venezuela, María Corina Machado, habla durante un evento organizado por la Comisión Nacional de Primarias para reconocer su victoria en las elecciones primarias. (Pedro Rances Mattey / AFP).
La candidata presidencial venezolana por el partido opositor Vente Venezuela, María Corina Machado, habla durante un evento organizado por la Comisión Nacional de Primarias para reconocer su victoria en las elecciones primarias. (Pedro Rances Mattey / AFP).
/ PEDRO RANCES MATTEY
Agencia EFE

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de ordenó la suspensión de “todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias” (CNP), celebrado el pasado domingo, tras recibir un recurso introducido por el diputado opositor José Brito que pedía revisión de “irregularidades”.

De acuerdo con la sentencia 122 de la Sala Electoral del TSJ, publicada en el sitio web del Supremo, la comisión organizadora de los comicios opositores deberá consignar “los antecedentes administrativos, contentivos de las veinticinco fases del proceso electoral” de las primarias, que van desde la convocatoria al evento hasta las actas de escrutinios, totalización y proclamación.

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Además, deberán consignar al Supremo las actas de aceptación de la candidatura de los aspirantes inhabilitados por la Contraloría para ejercer cargos de elección popular, como es el caso de la ganadora de las internas María Corina Machado, sobre quien pesa esta medida administrativa, impuesta en 2015 por el período de un año, pero extendida recientemente hasta el año 2030.

Asimismo, deberán entregar las renuncias de los candidatos Henrique Capriles y Freddy Superlano -que declinaron participar apenas un par de semanas antes de los comicios-, también inhabilitados, así como las de “cualquier otro ciudadano que haya decidido renunciar a su candidatura”.

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El TSJ da un lapso de tres días a la CNP para consignar “un informe” en el que se indique “el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto”.

Finalmente, ordena notificar al fiscal general, Tarek William Saab, y a otros poderes públicos de esta sentencia y de los hechos denunciados por Brito que -aseguró- pudiesen configurar “la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión de delitos comunes”, sin precisar en qué tipo de hechos ilegales incurrieron.

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