El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, informó que la comisión de gracias presidenciales está analizando si otorga o no un beneficio penitenciario solicitado por el etnocacerista Antauro Humala, quien purga condena por el Andahuaylazo.
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En declaraciones a TV Perú, dijo que el beneficio que pide el hermano del expresidente Ollanta Humala es el de “conmutación de pena”.
“Eso [el pedido de Antauro] está en proceso de evaluación, conocemos que ha solicitado un beneficio penitenciario, creo que de conmutación de pena, estoy pidiendo el informe y la comisión está analizando la pertinencia de esa solicitud”, manifestó.
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Cabe indicar que en febrero pasado fuentes del sector Justicia informaron a El Comercio que el recurso con el que el se pretendería excarcelar al etnocacerista es la redención de la pena, procedimiento iniciado por su defensa legal en noviembre pasado.
Mediante ese beneficio penitenciario, Antauro Humala busca que sus días de trabajo en el penal sean contabilizados, y de esa manera salir de prisión antes de enero del 2024, cuando debe finalizar su condena de cárcel.
En el 2009, Antauro Humala fue sentenciado a 25 años de reclusión por homicidio, secuestro y rebelión. En el 2011, su pena se redujo a 19 años, tras una revisión del caso por parte de la Corte Suprema.
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Gracias presidenciales
El Gobierno publicó hoy seis resoluciones supremas que conceden la gracia presidencial de conmutación de la pena e indulto común a 20 personas privadas de la libertad.
Del grupo de 20 personas privadas de la libertad que reciben el beneficio, 16 son hombres y cuatro mujeres, quienes cumplen sus penas en los establecimientos penitenciarios Mujeres de Chorrillos, Jauja, Ancón II, Lurigancho, Huacho, Chiclayo, Chincha, Huancayo y Trujillo varones.
Asimismo, 13 casos corresponden a conmutación de la pena y siete a indulto común, los cuales cumplen con los supuestos y condiciones que establece el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS: madres con niños en establecimiento penitenciario y mayores de 60 años, e internos e internas con penas privativas de la libertad no mayores a cuatro años.
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