El Poder Judicial rechazó el recurso de hábeas corpus presentado por el alcalde de Anguía, José Nenil Medina Guerrero, por su detención como parte de la investigación en su contra por formar parte de una presunta organización criminal liderada por el presidente Pedro Castillo.
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Según la resolución a la que accedió El Comercio, el recurso, que había sido presentado por su abogado Saúl Silva Chumbre y admitido a trámite a inicios de esta semana, fue declarado “infundado” por el juez Jonathan Valencia López del Segundo Juzgado Constitucional de Lima.
La demanda fue presentada contra el juez Justiniano Romero Raul Wensislao, titular del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior por “presunta vulneración del derecho”.
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Medina Guerrero fue detenido preliminarmente el 9 de agosto por un plazo de 10 días y, según su defensa, ese tiempo venció el 18 de agosto. Por ello, solicitaba se declare fundada la demanda de hábeas corpus y se ordene la inmediata libertad de su patrocinado.
No obstante, el juez Valencia López -tras analizar el petitorio, la respuesta del juez Justiniano y la Procuraduría del Poder Judicial- resaltó que está vigente el pedido de prisión preventiva a cargo del magistrado Johnny Gomez Balboa, del Tercer Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional.
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Además, señaló el juez constitucional, el demandante puede hacer uso de los mecanismos procesales existentes dentro del requerimiento de prisión preventiva. Por ello, consideró que el hábeas corpus no era atendible.
“Siendo ello así, lo solicitado por el recurrente excede del ámbito de protección de los procesos constitucionales, así el hábeas corpus no puede ni debe ser utilizado como vía indirecta para ventilar aspectos que son propios de la jurisdicción ordinaria, correspondiendo a ésta y no a la justicia constitucional dilucidar los alegatos señalados por el actor”, sentenció Valencia López.
Esta tarde, el juez Johnny Gomez Balboa del Tercer Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional, emitirá su resolución sobre el pedido de prisión preventiva en contra de Yenifer Paredes y José Nenil Medina.