Víctor Reyes Parra

El prófugo ex juez supremo , pieza clave del caso ’, intentó archivar una de las investigaciones seguidas en su contra apelando a la llamada ‘que modifica los plazos de prescripción de al gunos delitos). Sin embargo, el Poder Judicial rechazó -en primera instancia- su solicitud, de acuerdo con una resolución a la que tuvo acceso El Comercio.

Desde la clandestinidad, dada su fuga del país en octubre del 2018, el ex magistrado presentó un recurso ante el PJ para que se declare la prescripción de la investigación en su contra por el delito de patrocinio ilegal, sancionable con un máximo de dos años de pena.

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César Hinostroza era juez supremo al momento del presunto delito. Por ello, el Congreso tuvo que aprobar una acusación constitucional en su contra por patrocinio ilegal para levantarle el ‘antejuicio’ o inmunidad, permitiendo así que la fiscalía continúe y formalice su investigación por este caso. Ello ocurrió

Sin embargo, en abril de este año, antes de , el Ministerio Público cambio la tipificación o recalificó los hechos. Es decir, varió el delito atribuido al investigado: pasó de patrocinio ilegal a cohecho activo específico, sancionable hasta con ocho años de prisión y con mayor plazo de prescripción. Esto se debió a que consideraron que el Congreso no había calificado correctamente los delitos.

El pedido de César Hinostroza

En su recurso para archivar el caso, César Hinostroza argumentó que con la Ley 31751, el proceso por patrocinio ilegal había prescrito en enero del 2022. Por lo tanto, solicitó al juez supremo Juan Carlos Checkley que declare la prescripción del caso y disponga su archivo.

Desde la clandestinidad, el exjuez

Desde la aprobación de esa norma, políticos como el ex secretario general de Fuerza Popular Joaquín Ramírez; el líder de Perú, Vladimir Cerrón; y el actual presidente del Congreso, Alejandro Soto, la .

Otros, como el legislador Jorge Flores Ancachi, han recurrido a ella y están a la espera de conocer si se les da la razón. Distintos especialistas en derecho han criticado la ley, advirtiendo que se presta a favorecer la impunidad y en el Congreso

La invocación hecha por César Hinostroza a la reciente ley del Congreso quedó consignada en la resolución judicial ante su pedido.
La invocación hecha por César Hinostroza a la reciente ley del Congreso quedó consignada en la resolución judicial ante su pedido.

En el caso de César Hinostroza, este sostuvo que si bien la fiscalía dispuso la ‘recalificación’ de su investigación -con la que el plazo de prescripción es mayor- esta variación recién fue aprobada por el mismo juez Checkley en agosto del 2023, mucho después de la referida prescripción del patrocinio ilegal, en enero del 2022.

Además, indicó que esa aprobación había sido apelada y aún no estaba confirmada en una segunda instancia.. “No solo basta la disposición o requerimiento de recalificación sino la aprobación del juzgado y que quede consentida”, argumentó.

“Cuando se emitió la resolución [que aprobó la recalificación de patrocinio ilegal a cohecho], ya se encontraba vigente la nueva ley [de prescripción], entonces se aplica sobre el delito de patrocinio ilegal, por lo que de oficio debió operar la prescripción, inclusive el fiscal debió hacerlo. Se debe aplicar retroactivamente porque rige el principio de combinación de normas al haber conflicto en el tiempo, esta es una ley sustantiva. Solicitó se declare fundado, en todo caso, continuará con las instancias nacionales, luego internacionales”, agregó.

Por su parte, la fiscalía sostuvo que desde que ellos dispusieron la recalificación del delito, la investigación contra César Hinostroza por patrocinio ilegal dejó de existir como tal y pasó a ser investigación por cohecho.

Además, argumentó que en casos de delitos cometidos como parte de una organización criminal, el plazo se duplica. Puntualizó que el mismo juez ya había rechazado un pedido similar hechos por los coinvestigados de César Hinostroza: Guido Aguila e Iván Noguera, exintegrantes del Consejo Nacional de la Magistratura.

El Congreso aprobó acusar constitucionalmente a César Hinostroza por este caso por el delito de patrocinio ilegal. Sin embargo, la fiscalía luego cambió al delito atribuido por cohecho activo específico, que implica una mayor pena, advirtiendo un error en la calificación del Legislativo. (Foto: Congreso)
El Congreso aprobó acusar constitucionalmente a César Hinostroza por este caso por el delito de patrocinio ilegal. Sin embargo, la fiscalía luego cambió al delito atribuido por cohecho activo específico, que implica una mayor pena, advirtiendo un error en la calificación del Legislativo. (Foto: Congreso)

La respuesta del Poder Judicial

En su resolución, el juez sostuvo que si la fiscalía considera que los delitos aprobados en una acusación constitucional del Congreso no estuvieron bien calificados, puede disponer una recalificación. Esto sin la necesidad de pasar nuevamente por el Parlamento.

Además, aseguró que la recalificación está vigente desde que es dispuesta por la fiscalía, al margen de que luego tenga que ser aprobada por el Poder Judicial.

“Desde la emisión de la disposición fiscal hasta pronunciamiento judicial, ya sea aprobatorio o no, la actividad investigativa no se suspende sino continúa bajo la nueva calificación fiscal; en caso de desaprobarse, aquellos actos de investigación dirigidos a la nueva calificación jurídica perderían eficacia [...] El control de prescripción de la acción penal opera estrictamente sobre el delito de cohecho activo específico”, sostuvo.

Con ello, el juez le dio la razón a la fiscalía: el delito atribuido a César Hinostroza por este caso pasó a ser cohecho activo específico en abril del 2023, antes de la la publicación de Ley de Prescripción al mes siguiente.

Por lo tanto, al buscar acogerse a esa norma para archivar su proceso, correspondía analizar el plazo de prescripción con lo aplicable para ese delito, ya no con lo aplicable para patrocinio ilegal. Además, se debe considerar que también se le atribuye el delito de organización criminal.

Parte resolutiva de la decisión el juez Checkley, donde se rechaza la solicitud de César Hinostroza.
Parte resolutiva de la decisión el juez Checkley, donde se rechaza la solicitud de César Hinostroza.

Bajo esa lógica, el juez recordó que el último acto atribuido a César Hinostroza fue en enero del 2018. Luego, considerando que el delito que se le atribuye es sancionable hasta con ocho años de prisión y que fue presuntamente cometido como parte de una organización criminal. Esto último duplica el plazo de prescripción. Con ello, esta sería en 16 años. No obstante, la Ley 31751 establece un año adicional de plazo, con lo que se llega a 17.

“Teniendo en cuenta la fecha 23 de enero de 2018, el presente hecho atribuido a Hinostroza Pariachi como presunto autor del delito de cohecho activo específico prescribirá el 23 de enero de 2035. En ese sentido, se advierte que aún se encuentra vigente la acción penal, en consecuencia, el presente medio técnico de defensa interpuesto se declara infundado”, concluyó el magistrado.

La resolución es de primera instancia. En el caso de Guido Aguila e Iván Noguera, para quienes Checkley rechazó pedido similares, ambos apelaron para que la Corte Suprema les dé la razon en segunda instancia. Teniendo en cuenta el anuncio hecho por César Hinostroza respecto a que su pedio seguirá en “instancias nacionales” y “luego internacionales”, se espera que el ex juez supremo ha lo mismo.