
Si eres un ciudadano estadounidense que quiere y/o necesita viajar al extranjero, debes contar obligatoriamente con tu pasaporte, pero ¿qué pasa si te percatas que está por vencer o ya caducó? Obviamente tendrás que renovarlo. Si bien, cuentas con todo para realizar los trámites, te acuerdas que tienes una deuda pendiente con el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés), por lo que te preguntas si es posible hacer este trámite. A continuación, la respuesta.

¿ES FACTIBLE RENOVAR MI PASAPORTE SI TENGO DEUDAS PENDIENTES CON EL IRS?
Si un estadounidense quiere renovar su pasaporte, pero tiene una deuda con el Servicio de Impuestos Internos sí podría hacerlo, pero dependerá de la “gravedad de la deuda”.
¿De qué monto se trata? De acuerdo con el sitio web del IRS, si el monto es de US$62,000 o más, el ciudadano al tener una deuda “seriamente morosa”, no podrá realizar dicho trámite. Incluso, el Departamento de Estado también puede revocar su pasaporte actual.
En el caso de que los contribuyentes con deudas tributarias certificadas se encuentren en el extranjero, el Departamento de Estado puede emitir un pasaporte de validez limitada que permita al contribuyente regresar directamente a los Estados Unidos.
OJO: El monto fijado es el último que se estableció en 2024, el cual fue subiendo de mil en mil entre 2018 (US$51,000) y 2022 (US$55,000), y de ahí de cuatro mil en cuatro; toda vez que en 2023 la cantidad fue US$59,000 y ahora se mantiene US$62,000.

¿QUÉ DEUDAS ESTÁN INCLUIDAS?
Estas deudas incluyen impuestos a la renta individual, multas por recuperación de fondos fiduciarios, impuestos comerciales por los cuales los contribuyentes son personalmente responsables y otras sanciones civiles, precisa el IRS.
¿CÓMO PUEDO HACER MI RENOVACIÓN?
La respuesta es simple: pagar la deuda que tiene con el IRS. Tomando en cuenta que si el monto es muy alto y se encuentra fuera del alcance de su bolsillo en ese momento, debe solicitar un plan para cancelarla.
Para ello, el contribuyente con una deuda tributaria certificada, que solicita un pasaporte o intenta renovarlo, habrá recibido una carta del Departamento de Estado que mantendrá su solicitud abierta durante 90 días, a partir de la fecha de esta carta puede realizar una de estas tres cosas:
- Llegar a un acuerdo de pago satisfactorio con el IRS.
- Realizar el pago total de la deuda tributaria.
- Resolver cualquier problema de certificación errónea.

¿SI NO LLEGÓ A NINGÚN ACUERDO EN ESE PLAZO?
Si el contribuyente no llega a un acuerdo de pago satisfactorio con el IRS dentro de los 90 días posteriores a la fecha de la carta de denegación del Departamento de Estado, la solicitud de pasaporte del contribuyente será denegada y cerrada por el Departamento de Estado.
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