Rennan Espinoza (Somos Perú), autor de uno de los proyectos en los que se basa el texto, pide ampliar el alcance de delitos y advierte que si no se aprueba esta semana, la norma no aplicará para elecciones 2021.
Rennan Espinoza (Somos Perú), autor de uno de los proyectos en los que se basa el texto, pide ampliar el alcance de delitos y advierte que si no se aprueba esta semana, la norma no aplicará para elecciones 2021.

La del Congreso debate esta mañana un predictamen sobre la reforma constitucional que incorpora impedimentos para postular a cargos de elección popular. La propuesta solo incluye como barrera los delitos de terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas y violación.

, autor de uno de los proyectos en los que se basa el predictamen, criticó que se contemplen solo cuatro tipificaciones, cuando su iniciativa abarcaba todos los delitos dolosos. De hecho, los tres proyectos presentados en este periodo 2020-2021 sobre la materia, plantean la misma fórmula no tomada en cuenta en el predictamen de Constitución.

AutorBancadaFechaPropuesta para modificar artículo 34 de la Constitución
Rennan EspinozaSomos Perú17 de marzoNo pueden postular a cargos públicos de elección popular quienes cuenten con sentencia condenatoria emitida en primera instancia por delito doloso.
Carolina LizárragaPartido Morado03 de abrilEstán impedidos de postular a. cargos de elección popular aquellas personas que cuentan con sentencia condenatoria vigente, en primera instancia, por la comisión de algún delito contra la administración pública o por la comisión de delito doloso que sea sancionado por ley, como mínimo, con pena privativa de libertad de cuatro años.
Gino CostaPartido Morado11 de junioTampoco pueden postular las personas que cuenten con sentencia condenatoria en primera instancia por delitos dolosos cuya pena sea de cuatro años o más.

“El predictamen solo considera cuatro delitos como impedimento, mi proyecto hablaba de todos los delitos dolosos. No contempla delitos de corrupción de funcionarios, malversación de fondos, no ponen los delitos contra la administración pública. ¿A quién se quiere cubrir? ¿A Humberto Acuña?”, refirió tras recordar que el legislador de Alianza para el Progreso fue condenado, a finales del 2019, a tres años de prisión suspendida como cómplice del delito de cohecho activo genérico (entrega de coima).

La Tercera Sala Penal de Apelaciones de Lambayeque viene revisando la condena contra , quien es compañero de bancada de , titular de la Comisión de Constitución.

De otro lado, Espinoza advirtió que, de no aprobarse la fórmula completa en el pleno hasta el 5 de julio, el impedimento no aplicará para las elecciones generales del 2021.

Reforma trunca

Este cambio constitucional formaba parte del paquete de reforma electoral presentado por la Comisión de Alto Nivel de Reforma Política, presidido por el Fernando Tuesta. El Poder Ejecutivo hizo suyo el texto y lo presentó como proyecto de ley, el 10 de abril del 2019.

El proyecto fue dictaminado en junio del mismo año, y un mes después fue puesto a consideración del pleno. El texto aprobado en el pleno del 23 de julio del 2019, establecía que “están impedidos de postular a cargos de elección popular quienes cuentan con sentencia condenatoria emitida en primera instancia por delito doloso”.

Es decir, los legisladores Espinoza, Carolina Lizárraga y Gino Costa recogieron la fórmula del Ejecutivo. Sin embargo, el predictamen de Constitución optó por otra fórmula.

¿Por qué si la fórmula ya había sido aprobada en el pleno, requiere un nuevo procedimiento? Al tratarse de una reforma constitucional, se requiere de dos votaciones en legislaturas consecutivas. El 23 de julio se aprobó el texto en primera votación y correspondía su refrendo en una segunda votación en la siguiente legislatura. Pero hasta la disolución del Congreso, el 30 de setiembre, la segunda votación no se produjo y el procedimiento quedó trunco.

En ese sentido, la Comisión de Constitución del actual periodo 2020-2021 interpretó que se debía iniciar el proceso desde cero. Es decir, una primera votación en esta legislatura y la segunda, en la legislatura que arranca el 6 de julio. De no hacerse así, como advierte el legislador Espinoza, los impedimentos no aplicarán para el proceso electoral 2021.

Espinoza fue el primero en presentar un proyecto de ley sobre impedimentos el 17 de marzo, en el segundo día de instalado el nuevo Congreso. El predictamen se presenta más de 100 días después y con una fórmula totalmente distinta.

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