Keiko Fujimori acudió al final de la audiencia para escuchar la decisión del juez Víctor Zúñiga Urday. (Foto: Piko Tamashiro)
Keiko Fujimori acudió al final de la audiencia para escuchar la decisión del juez Víctor Zúñiga Urday. (Foto: Piko Tamashiro)
Martín Calderón

Menos de dos meses después de que la lideresa de Fuerza Popular, , recuperara su libertad por orden del , el juez Víctor Zúñiga Urday ordenó que regrese a prisión preventiva por 15 meses.

En una audiencia que inició a las 9 a.m. y se extendió hasta las 6 p.m., el juez sustentó los motivos para tomar esa medida, que fue solicitada por el fiscal y que detallamos a continuación.

-Graves elementos de convicción-

El juez consideró que existe “sospecha grave” de la presencia de una organización criminal dentro de Fuerza 2011 (ahora Fuerza Popular) que habría operado para ocultar aportes de campaña, presuntamente entregados por

Agregó que hay “sospechas graves” de que Keiko Fujimori habría intervenido en los actos de conversión de los aportes.

El juez Víctor Zúñiga realizó 11 audiencias para analizar el pedido de prisión preventiva, que finalmente aceptó hoy. (Foto: Anthony Niño de Guzmán)
El juez Víctor Zúñiga realizó 11 audiencias para analizar el pedido de prisión preventiva, que finalmente aceptó hoy. (Foto: Anthony Niño de Guzmán)

Además, señaló que el partido fujimorista no habría declarado el ingreso de más de S/ 3 millones en la campaña electoral del 2011, cuando reportó ante la ONPE que recibió un total de S/ 17.45 millones.

También encontró indicios para sospechar que el partido buscó aportantes falsos para justificar sus ingresos en la campaña del 2011, como han revelado al menos dos testigos: el excongresista Rolando Réategui y el sobrino del exministro Jaime Yoshiyama, Jorge Yoshiyama.

El juez explicó que no se observan incoherencias en las versiones de Réategui y Yoshiyama sobre los aportantes falsos. Por el contrario, esas declaraciones son respaldadas por los testimonios de 66 personas que aparecen como aportantes a Fuerza 2011, pero que han negado la entrega de dinero al ser interrogados por la fiscalía.

Con ello, el juez consideró que hay indicios para considerar que Keiko Fujimori y su entorno más cercano buscaron ocultar el origen de los aportes. En este punto, aclaró que en esta instancia no se está determinando que esos aportes provenían de fondos ilícitos.

En la audiencia, el juez también se refirió a las declaraciones del presidente del Directorio de Credicorp Ltd., Dionisio Romero Paoletti, quien reveló al fiscal José Domingo Pérez que entregó US$ 3.6 millones a la campaña presidencial de Keiko Fujimori en el 2011.

Romero Paoletti contó que se reunió en seis o siete ocasiones con la lideresa de Fuerza Popular y el exministro Jaime Yoshiyama para entregarles el dinero en efectivo, que no fue declarado ante la ONPE.

El juez se refirió también a declaraciones de Jorge Barata, exrepresentantes de Odebrecht en el Perú, sobre presuntos aportes a Fuerza Popular por US$ 500 mil. Ese dinero se habría entregado en efectivo a Jorge Yoshiyama y Augusto Bedoya Camere, ex ministro de Transportes y Comunicaciones.

-Gravedad de la pena-

Al inicio de la audiencia, el juez aseguró que la sentencia del Tribunal Constitucional a favor de Keiko Fujimori no tiene carácter vinculante. Por ello, no había impedimento para dictar nuevamente una orden de prisión preventiva.

Luego explicó que para dictarse la prisión preventiva, el delito que habría cometido el investigado debe implicar una pena de más de cuatro años de cárcel.

En esa línea, dijo que el delito de lavado de activos, agravado por organización criminal, tiene una pena mínima de 10 años de cárcel. En tanto, en el caso del delito de obstrucción a la justicia, la pena mínima es de 5 años.

Por lo tanto, la pena contra Keiko Fujimori si fuese hallada culpable de ambos delitos podría ser de 15 años.

Keiko Fujimori recibió este martes una segunda orden de prisión preventiva. Foto: Hugo Curotto / GEC
Keiko Fujimori recibió este martes una segunda orden de prisión preventiva. Foto: Hugo Curotto / GEC

-Obstrucción a la justicia-

El juez también evaluó los elementos de convicción sobre una posible obstrucción a la justicia por parte de Keiko Fujimori.

En ese punto se refirió a declaraciones de Jorge Yoshiyama, quien aseguró que Keiko Fujimori y abogados del estudio de Arsenio Oré Guardia contactaron a falsos aportantes para que den versiones falsas ante la fiscalía.

El juez consideró que el testimonio de Jorge Yoshiyama tiene “un alto grado de confiabilidad”.

-Sin arraigo laboral-

El juez también concluyó que Keiko Fujimori no tiene arraigo laboral. Para argumentar esa posición, señaló que el arraigo laboral implica analizar una condición básica: que el trabajo dignifica al ser humano.

“Siempre se ha entendido así naturalmente; sin embargo, cuando se utiliza aquella herramienta de dignificación para realizar actos que podrían ser penalmente punibles, se corrompe su bondad natural intrínseca”, dijo.

Agregó que entiende que no puede existir un arraigo laboral en este caso, ya que las actividades delictivas se habrían materializado en el seno de lo que sería su centro laboral (el partido Fuerza Popular).

Simpatizantes de Fuerza Popular acudieron a las inmediaciones de la sala penal nacional este martes para apoyar a Keiko Fujimori. (Foto: Alessandro Currarino)
Simpatizantes de Fuerza Popular acudieron a las inmediaciones de la sala penal nacional este martes para apoyar a Keiko Fujimori. (Foto: Alessandro Currarino)

-Sobre el arraigo domiciliario-

Para el juez, el arraigo domiciliario de Keiko Fujimori “no sería de calidad”, ya que no cuenta con vivienda propia a pesar que tiene los recursos económicos para ello.

El juez agregó que la lideresa de Fuerza Popular paga un alquiler mayor a los S/ 5 mil mensuales, que equivalen a más de cinco sueldos mínimos y serían suficientes para pagar mensualmente por una casa propia.

Por todo ello, el juez encontró peligro de fuga “con sospecha suficiente” y peligro de obstaculización “con sospecha grave”.

Antes de anunciar su decisión, señaló que la medida de prisión preventiva es constitucional y es idónea para cautelar dos finalidades: que Keiko Fujimori no impida el normal proceso de la investigación penal y que no eluda la posible ejecución de una sentencia.