La Sala Suprema Penal Permanente del Poder Judicial analizará el recurso de nulidad que presentó Fernando Zevallos contra la sentencia de 27 años que se le impuso en el 2019, por el delito de lavado de activos. Hoy, jueves 13 de agosto se realizó una audiencia, en la que cuatro procesados en este caso, solicitaron su excarcelación por razones humanitarias.
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El exempresario, previamente condenado por el delito de narcotráfico, ha cuestionado a través de su defensa que la condena que se le impuso junto a otro grupo de personas, carece de sustento legal.
Dicha teoría, ha sido respaldada por la opinión del fiscal supremo, Víctor Rodríguez Monteza, que contrariamente a la posición del equipo fiscal que logró la condena a Zevallos, sostiene que dicho proceso no respetó las normas penales vigentes de la época.
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Rodríguez Monteza, actualmente, viene siendo investigado por presuntas irregularidades en los cargos que ha ocupado como fiscal y por su vinculación con la organización criminal, Los Cuellos Blancos del Puerto.
Ahora, su nombre vuelve a vincularse a un caso controversial, tras pronunciarse en favor del narcotraficante Fernando Zevallos.
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¿Quién es Fernando Zevallos y por qué su caso se ha vuelto relevante?
Fernando Zevallos estuvo vinculado al rubro aéreo, luego de fundar la empresa de aviación Aerocontinente en 1992, dedicada a vuelos comerciales.
Sin embargo, en 1995 el empresario, cuyo alias era “Lunarejo”, fue vinculado a un cargamento de 3,5 toneladas de cocaína que iban a enviar a Estados Unidos la banda criminal conocida como “Los norteños”, pero que fue detectada por la Policía Antidrogas (Dirandro) de la época.
La investigación policial comenzó, al igual que las de El Comercio que desde entonces puso al descubierto los movimientos y nexos de Zevallos con el narcotráfico.
En el 2004, Aerocontinente dejó de operar luego que Estados Unidos colocara a Zevallos en una lista negra donde figuraban los más peligrosos capos de la droga a nivel internacional.
En el diciembre del 2005 fue condenado a 20 años de cárcel por tráfico de drogas, receptación de dinero ilícito y lavado de activos. Según la condena, “Lunarejo” había recibido sumas de “Los Norteños” para que adquiera un avión y saque la droga del país al extranjero.
La condena fue ratificada en abril del 2019, por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema y hoy viene cumpliendo su condena en el penal Ancón 1.
-Segunda condena por lavado-
En el 2016, luego de una larga investigación, se inició el segundo juicio oral contra Zevallos y otras 50 personas por el delito de lavado de activos.
El fiscal Jorge Chávez Cotrina, coordinador de las fiscalías contra el crimen organizado a nivel nacional, lideró al equipo que llevó adelante el sustento de la acusación que terminó con una condena de 27 años contra el “Lunarejo”.
Durante el juicio oral, el fiscal puntualizó que este segundo proceso comprendía los actos delictivos cometido a partir del año 1995 hacia adelante, puesto que los hechos cometidos antes de esa fecha, ya habían sido juzgados en el juicio por narcotráfico y que supuso la primera condena contra el empresario.
Remarcó que el delito precedente para sustentar el lavado de activos procedía precisamente del delito de narcotráfico confirmado en el expediente 24-2001.
Explicó que las modalidades de lavado serían conversión y transferencia, debido a que habría entregado dinero ilícito a sus coacusados para que estos de manera fraudulenta inyectaran activos en sus empresas.
Además, la compra de bienes y la creación de otras empresas como Aerocontinente, Nuevocontinente, Aviandina, etc. En el Estados Unidos abrieron cuentas bancarias, crearon otras diez empresas en Aruba y dos offshore en Panamá, entre otros.
Chávez Cotrina remarcó que el procesado monitoreaba el lavado de activos de sus coacusados, asumiendo la responsabilidad de dichos, siguiendo la teoría del dominio del hecho en organización criminal.
Precisó que la según la norma penal, Zevallos era calificado en calidad de coautor del delito de lavado de activos en modalidad de conversión y transferencia previstas en el articulo 296-B del Código Penal para aquellos actos que ocurrieron hasta del 27 de junio del 2002.
También por lavado de activos, en la modalidad de conversión y transferencia previstas en el articulo 1 de la Ley 27765 - Ley contra el lavado de activos- en concordancia con las agravantes del literal B del primer párrafo y segundo párrafo del Art. 3 de la norma mencionada; y ocultamiento y tenencia prevista en el artículo 2 de la misma norma legal para hecho cometido a partir de 28 junio 2002.
La tesis fiscal, fue acogida por el Colegiado E de la Sala Penal Nacional que en febrero del 2019, condenó a Zeballos a 27 años de cárcel por lavado de activos.
-Fiscal supremo pidió anular la condena-
Es la segunda condena la que ha generado controversia entre los representantes del Ministerio Público. Mientras el fiscal superior, Jorge Chávez Cotrina, defiende su acusación fiscal y posterior sentencia de Zevallos por lavado de activos; el fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza, ha solicitado a la Corte Suprema que anule la sentencia contra el “Lunarejo” y vuelva a ser sometido a un juicio oral.
Y es que, el fiscal supremo ha hecho suyo el cuestionamiento por el cual la defensa de Zevallos, busca anular esta condena: la irregular aplicación de normas vigentes y derogadas vinculadas a sanción del delito de lavado de activos.
Según el documento, firmado por Rodríguez Monteza, al que accedió El Comercio, la Ley 27765 aplicada en el caso, no especificaba el delito de autolavado y sostiene que, de manera extensiva, bajo un análisis jurídico que contraviene la Constitución, se aplicó a Zevallos.
Agrega que la norma que podía aplicarse en el caso de autolavado para Zevallos, recién fue promulgada a través del Decreto Legislativo Nro 986 del 22 de julio del 2007.
No obstante, el mismo fiscal Rodríguez Monteza, reconoce que por Acuerdo Plenario del 2010, se establece que sí se puede considerar la existencia del autolavado de activos ante de la vigencia del DL 986, pero que su despacho no comparte tal posición.
En efecto, la tesis aplicada para la condena de Zevallos, es que este entregó el dinero a terceros para que a su vez, lo coloquen o hagan pasar por legal al ingresarlo a las empresas que el mismo “Lunarejo” tenía pleno manejo y supervisión.
Para el fiscal Jorge Chávez Cotrina, no existe duda respecto a la sentencia condenatoria contra Zevallos y sostiene que el proceso y el debate que se generó durante todo el juicio, ha seguido los procedimientos legales.
Por ello, cuestionó la opinión de Rodríguez Monteza, y advirtió que de acogerse su análisis sería “nefasto” para la historia jurídica del país.