Hace casi 30 años quedó desactivado el Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) en Perú, y hoy sus beneficiarios reciben monto determinado como parte de la devolución de aportes admitida por la Comisión Ad Hoc que precisamente se encarga de gestionarla a nivel nacional. En ese sentido, la habilitación del Cuarto Grupo de Reintegro, viene a representar un hecho que entusiasma a adultos mayores, pero también a hijos y esposos calificados como herederos, según lo precisa decreto supremo donde figuran detallados los requisitos cuyo cumplimiento permitirá acceder a cobro en Banco de la Nación (BN).
FONAVI: ESTOS REQUISITOS DEBES CUMPLIR PARA ACCEDER A DEVOLUCIÓN DE APORTES DIRIGIDA A HEREDEROS
Valorizado en más de 192 millones de soles, el reembolso correspondiente al mes de abril 2025, terminó por satisfacer las necesidades de más de 50 mil exaportantes, y hoy quienes lograron acceder a ese cobro puntual, pero de manera parcial, figuran en el “Cuarto Grupo de Reintegro del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios del primer al decimonoveno Grupo de Pago” aprobado por la Comisión Ad Hoc (Ley 29625).
A través de la Resolución Administrativa Nº 490, finalmente se pone en marcha una nueva devolución de aportes que favorece a 73,739 adultos mayores y también los considerados herederos, vale decir, personas con algún tipo de parentesco ligado al receptor fallecido que ciertamente debe presentar documentación que así lo certifique.

De acuerdo a la información compartida por el propio BN encargado de realizar los pagos, y según lo precisa el Decreto Supremo N° 280 de 2023, quienes figuren como sucesores autorizados para realizar el cobro efectivo, primero deben verificar que el “nombre del aportante al FONAVI haya sido incluido en un Grupo de Pago del Padrón Nacional de Fonavistas del Perú”, y para esto pueden hacer uso de la línea telefónica o ingresar a plataforma oficial de consulta.
Seguidamente, y si el resultado de la búsqueda es positiva, el heredero tiene que acercarse a agencia de dicha entidad financiera estatal identificándose con su Documento Nacional de Identidad (DNI), y a la misma vez presentando la Declaración Jurada “en la cual manifieste tener la condición de beneficiario y de no conocer a terceros con mayor o igual prioridad que él para solicitar el pago del beneficio del FONAVI”.
Toma en consideración, que asimismo debes adjuntar los documentos correspondientes según el vínculo con el receptor fallecido, y el beneficio económico calculado por parte de la Secretaria Técnica al titular, siendo la fecha del 8 de setiembre 2025 aquella a partir de la cual quedarás habilitado para cobrar monto de manera presencial en BN.
LINK QUE TE PERMITE CONSULTAR SI PERTENECES AL GRUPO 4 DE REINTEGRO COMO FONAVISTA BENEFICIARIO
Hoy desde los 70 años de edad como fonavista debidamente registrado en padrón, tienes la chance de cobrar esta nueva devolución de aportes, tal y como lo certifica de manera puntual la Resolución Administrativa 490 que autoriza el pago al Cuarto Grupo de Reintegros.
De conformidad con lo acordado por la Comisión Ad Hoc, el monto ascendente a los reembolsos supera los 255 millones 55,274.54 soles que en conjunto benefician desde el 28 de agosto a un total de 73,739 exfonavistas a nivel nacional, y cuyo acceso a este link podrá asegurarles pertenecer a grupo entre el primero y decimonoveno.
Para llevar a cabo tal cometido, cada adulto mayor o heredero beneficiario hoy solo debe acceder a Estado de Registro - ST según corresponda, e iniciar así la verificación online colocando el tipo de documento que porta, el número del mismo, y por último copiar el código captcha que te aparezca mediante plataforma habilitada.

Finalmente, y en tu condición de fonavista favorecido tras largos años de aporte, pulsa la opción “Consultar” para confirmar que tus datos personales y relacionados a tu periodo, estén debidamente inscritos, aunque si surgiera alguna traba o dificultad, la recomendación brindada por la Comisión Ad Hoc es que puedas comunicarte al 640-8655 (plataforma única de atención virtual), también acercarte a los centros MAC o terminar llamando a Aló Mac marcando el 1800.
Toma en consideración que si la respuesta es positiva a través de link compartido, la Resolución Administrativa Nº 490 establece que cada beneficiario debe acercarse a ventanilla de agencia del BN para hacer efectivo el cobro de monto determinado, tomando en consideración el siguiente cronograma de devoluciones de acuerdo al último dígito de tu DNI:
- 0 - 1, 28 de agosto
- 2 - 3, 29 de agosto
- 4 - 5, 1 de setiembre
- 6 - 7, 2 de setiembre
- 8 - 9, 3 de setiembre
ESTOS SON LOS FONAVISTAS BENEFICIARIOS QUE COBRAN DEVOLUCIÓN DE APORTES DESDE EL 28 DE AGOSTO
- Exaportantes titulares a partir de los 70 años de edad
- Ciudadanos fallecidos de los Grupos de Pago 1 al 19 que hubieran cumplido 90 años de edad al 31 de marzo de 2025.
- Exaportantes titulares que figuren en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
- Fonavistas que perciban pensión de invalidez de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
- Pacientes de enfermedad grave o terminal debidamente acreditada.


