Con el objetivo de brindar apoyo económico a diversos trabajadores del y del país que cumplan con los requisitos estipulados, el Gobierno nacional ha hecho oficial el otorgamiento del correspondiente a la Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2026. Esta medida fue publicada en el diario oficial El Peruano, y el beneficio será abonado una sola vez en la planilla de pagos a través del Banco de la Nación. Sin embargo, muchas personas se preguntan cuáles son los requisitos para acceder a esta bonificación. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto.

¿QUIÉNES SON LOS BENEFICIARIOS DEL BONO DE ESCOLARIDAD 2026?

Mediante el Decreto Supremo N.º 002-2025-EF, en el marco de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se dispuso que los trabajadores del sector público y pensionistas del Decreto Ley 20530 reciban S/ 400 por concepto del Bono de Escolaridad 2026. El estipendio será abonado por única vez en el pago de planillas de enero, mientras que los docentes contratados y los auxiliares de educación recibirán el abono recién en junio de 2026, de acuerdo con lo establecido en la ley.

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La bonificación por escolaridad, que se incluye en la planilla de pagos correspondiente a enero y cuyo monto asciende hasta la suma de S/400. Para el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el pago de la bonificación por escolaridad, cuyo monto corresponde al señalado en el presente literal, se incluye en la planilla de pagos del mes de junio”, señala el texto de Presupuesto Público para el 2026.

Beneficiarios del Bono de Escolaridad para el 2026

  • Funcionarios y servidores públicos nombrados o contratados bajo el Decreto Legislativo N.° 276, la Ley N.° 29944 (Reforma Magisterial) y la Ley N.° 30512
  • Docentes universitarios comprendidos en la Ley Universitaria N.° 30220
  • Personal de salud regulado por el Decreto Legislativo N.° 1153
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
  • Pensionistas del Estado bajo los regímenes de las leyes 15117, 19846, 20530, 28091 y el DL 1133
  • Trabajadores del sector público bajo régimen privado, siempre que no perciban un monto distinto por norma específica.

¿CUÁNDO SE DEPOSITA EL BONO DE ESCOLARIDAD?

A continuación, te presentamos las fechas en la que se efectuará el Bono de Escolaridad 2026 de acuerdo con el sector al que pertenezca el trabajador del sector público y pensionistas:

Sector Público:

  • Miércoles 21 de enero: Educación (incluye universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Transportes, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, MEF, Justicia, Gobiernos Regionales, Contraloría, Congreso, Midagri, Energía y Minas.
  • Jueves 22 de enero: Interior, Midis, Vivienda, Defensoría del Pueblo, Relaciones Exteriores.
  • Viernes 23 de enero: Salud, Mujer, Cultura, Ambiente, Trabajo, Reniec.
  • Lunes 26 de enero: Produce, Mincetur, ONPE, Fuero Militar Policial, JNJ, JNE, Tribunal Constitucional.
  • Junio de 2026: Docentes universitarios.

Pensionistas:

  • Jueves 15 de enero: Educación (incluye Universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Transportes y Comunicaciones, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Economía y Finanzas, Justicia, Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras, Contraloría General de la República, Congreso de la República, Agrario y de Riego, Energía y Minas.
  • Viernes 16 de enero: Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensoría del Pueblo, Relaciones Exteriores.
  • Lunes 19 de enero: Salud, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Cultura, Ambiental, Trabajo y Promoción del Empleo, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
  • Martes 20 de enero: Producción, Comercio Exterior y Turismo, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones, Tribunal Constitucional.