Las empresas deberán presentar solicitud de autorización de implementación suscrita por el gerente general.. (Foto: GEC)
Las empresas deberán presentar solicitud de autorización de implementación suscrita por el gerente general.. (Foto: GEC)
/ CAROLINA URRA
Redacción EC

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP () aprobó un procedimiento simplificado para que las microfinancieras puedan acceder a la emisión de tarjetas de créditos de forma más fácil y ágil.

Según Resolución N° 1049-2021, publicada este viernes en El Peruano, la norma está dirigida a las cajas municipales de ahorro y crédito, caja municipal de crédito popular y cajas rurales de ahorro y crédito.

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Las condiciones para aplicar a dicho procedimiento simplificado consisten en contar con una clasificación de riesgo en la categoría de riesgo “B-” o superior en el último semestre; estar autorizada para emitir tarjetas de débito; contar con adecuada estructura organizativa, sistemas informáticos y cumplimiento de lo señalado en la regulación vigente en lo referido a la nueva operación.

El plazo máximo para la emisión de la autorización, una vez cumplidos los requisitos, será de 30 días calendario.

Las empresas deberán presentar solicitud de autorización de implementación suscrita por el gerente general.

La resolución de hoy entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en El Peruano, es decir, desde el sábado 10 de abril.

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