El pasado 20 de octubre, el Poder Judicial admitió a trámite un nuevo recurso de hábeas corpus presentado a favor del expresidente Alberto Fujimori, que busca anular la condena por secuestro agravado y otros delitos por los Casos Barrios Altos, La Cantuta, y el secuestro de Samuel Dyer. Esto con la finalidad de poder aplicar a los beneficios penitenciarios para ser excarcelado.
El nuevo recurso se da en medio de diversos pedidos que ha realizado la defensa del exmandatario ante el Tribunal Constitucional a fin de que se reactive la sentencia del TC y se de cumplimiento a su excarcelación. Ello, alegando la falta de pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que en marzo de este año ordenó que la ejecución de la sentencia del TC se suspenda.
En consecuencia, ha solicitado la nulidad de la sentencia emitida por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, el 7 de abril del 2009, que condenó a Fujimori como autor mediato del delito de secuestro agravado.
También pidió la nulidad de la sentencia de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, del 30 de diciembre del 2009, que rechazó anular la condena como autor mediato de secuestro agravado.
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El recurso es analizado por el Noveno Juzgado Constitucional de Lima a cargo de Juan Torres Tasso. La audiencia para evaluar este pedido fue programada para el 15 de noviembre a las 3:30 de la tarde.
Los argumentos
Según la resolución, a la que tuvo acceso El Comercio, el abogado de Fujimori, Elio Riera, invoca la infracción al derecho constitucional de Fujimori, a la debida motivación de los fallos judiciales y los principios de imputación.
Es decir, para el abogado, en la sentencia de 25 años contra el expresidente, no se ha “descrito e individualizado” un hecho que se le pueda atribuir para sustentar su participación en el delito de secuestro agravado. Tampoco para imputar homicidio calificado y lesiones.
“Se ha condenado(...) sin que se le haya podido atribuir un hecho en concreto, habiéndosele condenado como autor del delito secuestro agravado por trato cruel, en perjuicio de los señores Gustavo Gorriti y Samuel Dyer”, anota el abogado.
Para Riera, el caso debió ser analizado como un “abuso de autoridad” y no secuestro agravado. Además, entre otros hechos, asevera que nadie señala directamente a su patrocinado como el que ordenó el arresto.
Como se recuerda, Fujimori Fujimori fue hallado responsable bajo la teoría de la autoría mediata.
El abogado Riera sostiene, en su petitorio, que se estaría limitando los derechos para que el expresidente pueda aplicar a los beneficios penitenciarios destinados a aquellos que no han sido condenados por secuestro agravado o lesa humanidad.
“En conclusión, la condena penal contra el ex presidente por secuestro agravado, así como por los delitos de lesiones graves y homicidio calificado en calidad de autor mediato han limitado a que pueda acceder a los beneficios penitenciarios, afectando su libertad”, señala el abogado.
Insisten ante el TC
El 26 de octubre, el abogado Elio Riera también solicitó ante el Pleno del Tribunal Constitucional aplicar la “caducidad de la medida pre-cautelar de la Corte IDH” de abril tras conocerse la sentencia del TC que ordenó la excarcelación de Fujimori Fujimori.
Según el abogado, luego de la audiencia pública que realizó la Corte IDH para analizar el fondo del pedido que realizaron los deudos de los casos Barrios Altos, La Cantuta y otros, la Corte IDH no se ha pronunciado.
“Que, habiendo transcurrido más de sesenta días (60) de la fecha de la audiencia de la CIDH, sobre el dictado de medidas provisionales y no existiendo un pronunciamiento final con respecto de la controversia, solicito dejar sin efecto los alcances de la referida medida cautelar y se cumpla en integridad con los efectos jurídicos de la sentencia”, requirió el abogado.
Como se recuerda, el Tribunal Constitucional decidió el mes de marzo, en una resolución con el voto dirimente de su entonces presidente Augusto Ferrero, restituir el indulto humanitario que Pedro Pablo Kuczynski le otorgó a Alberto Fujimori en el 2017.
Precisamente, durante los últimos meses, la Corte Superior de Justicia de Ica -donde se procesó el hábeas corpus- ha informado al Tribunal Constitucional que tiene pendientes diversos pedidos sobre el expediente de Fujimori que no ha podido resolver en virtud de que el expediente aún se encuentra en el TC.
“Se han presentado diversos escritos a los cuales no ha sido posible otorgarles las providencias correspondientes en virtud a no obrar físicamente en esta Sala Penal el expediente”, informaron desde dicha sede judicial.