Poder Judicial suspendió por el momento el inicio del juicio oral contra cabecillas de Sendero Luminoso y Movadef por el 'caso Perseo'
Poder Judicial suspendió por el momento el inicio del juicio oral contra cabecillas de Sendero Luminoso y Movadef por el 'caso Perseo'
Karem Barboza Quiroz

El inicio del juicio oral del “” contra los de la organización terrorista , como , y los dirigentes del () que iniciaba este martes 11 de junio, fue suspendido por el Poder Judicial debido a la pandemia.

Según la resolución a la que accedió El Comercio, la Primera Sala Superior Nacional Transitoria Especializada en Crimen Organizado dejó sin efecto la convocatoria ante la imposibilidad de poder realizar las diligencias de manera presencial, tal como se había previsto.

Dejar si efecto el señalamiento de fecha para el inicio del juicio oral presencial fijado para el once de junio del 2021, en el proceso seguido contra 1)Manuel Abimael Guzmán Reynoso, 2) Elena Yparraguirre Revoredo (…) y otros; en el marco del proceso penal que se les sigue por la presunta comisión del delito contra la tranquilidad pública-terrorismo, en diversas modalidades en agravio del Estado y suspender por ahora, su instalación hasta que las disposiciones gubernamentales, así como las disposiciones emanadas del Poder Judicial así lo autoricen”, ordenó el PJ.

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Según la acusación del Ministerio Público y pruebas aportadas por la Procuraduría Antiterrorismo, el Movadef actuó bajo las órdenes de Sendero Luminoso, por lo que también habría recibido financiamiento de las actividades narcoterroristas de los remanentes de la organización terrorista.

Resolución del tribunal a cargo del caso "Perseo".
Resolución del tribunal a cargo del caso "Perseo".

Abimael Guzmán Reinoso, Elena Iparraguirre Revoredo, Florindo Flores Hala y otros; mientras que del Movadef fueron acusados Alfredo Crespo Bragayrac, Fernando Olórtegui Crispín, Oswaldo Esquivel Caicho y otros por el presunto delito de terrorismo. En el 2014 se realizó el operativo policial y fiscal denominado “Perseo” en el que se detuvo a unas 30 personas como parte de las investigaciones.

Para los acusados se ha pedido penas entre los 20 años de cárcel hasta la cadena perpetua y el pago de una reparación civil de S/ 2.5 millones.

La diligencia, donde se sustentarían los cargos contra más de 40 implicados, había sido convocada por los jueces René Martínez, Jhonny Contreras y Marco Angulo, para llevarse a cabo en la sala de audiencias de la Base Naval del Callao.

Fuentes consultadas por este diario indicaron que, entre otras cosas, la cantidad de procesados hace necesario que el juicio se realice con la presencia de los acusados, así como de las partes, pues la virtualidad no permitiría el desarrollo adecuado de un proceso de esta magnitud.


Audiencia virtual impracticable

La resolución indica que una audiencia virtual sería “impracticable” debido al número de tomos que conforman el proceso, la pluralidad de imputados, abogados defensores y, en general, de los sujetos procesales convocados a declarar y cuya presencia debe ser obligatoria. Aunado a ello, explicaron que se debe tomar en cuenta las limitaciones del servicio de internet y la portabilidad de los servicios informáticos a los establecimientos penitenciarios.

“En atención a la naturaleza y especial complejidad del proceso, el plenario oral debe realizarse ineludiblemente en forma presencial, situación que, por ahora, no es material ni humanamente factible”, se indicó en el documento.

Otro aspecto, señaló el tribunal, es que el presidente René Martínez Castro y el segundo integrante Jhonny Contreras Cuzcano, tienen la condición de personas clasificadas como vulnerables. Este último, precisaron, fue recientemente diagnosticado con el Covid-19 y se encuentra en proceso médico de recuperación.

El tribunal explicó que esta “dificultad procesal”, no atribuible a su instancia jurisdiccional ni a las partes procesales, impiden la realización del juicio oral y de sus partes preclusivas al haberse agravado la pandemia y su grado de contagio en el Perú.

“Siendo así, aplicando un juicio básico de ponderación entre la vida y la salud humana frente a los intereses del particular a ser juzgado en un plazo razonable y del Estado por perseguir y sancionar los delitos materia de acusación, se debe preferir la protección de la vida e integridad del ser humano, en ese contexto la instalación del presente juicio oral de manera presencial por ahora, deviene en inviable”, concluyeron.

Resolución del tribunal a cargo del caso "Perseo".
Resolución del tribunal a cargo del caso "Perseo".

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