Alegría deberá ser evaluado psicológicamente. En caso se resista, podría ser acusado de desobediencia. (Foto: Jorge Cerdán)
Alegría deberá ser evaluado psicológicamente. En caso se resista, podría ser acusado de desobediencia. (Foto: Jorge Cerdán)
Karem Barboza Quiroz

El otorgó medidas de protección “por hechos de violencia sexual” en favor del hijo del candidato a la alcaldía de Lima por Juntos por el Perú, .

El Vigésimo Primer Juzgado de Familia de Lima –según la resolución judicial a la que accedió El Comercio– ordenó que Alegría no realice acción o amenaza que cause daño físico, económico, psicológico o sexual contra su hijo.

Asimismo, prohibió que el candidato se comunique con la presunta víctima por medio de cualquier vía, y que además este se someta a una evaluación y terapia psicológica.

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“Ordeno la evaluación seguida de una terapia psicológica individual a la que deberá someterse de forma obligatoria Gonzalo Ricardo Alegría Varona, en el centro de salud estatal más cercano a su domicilio, debiendo reportar al juzgado el resultado de la misma”, se indica en la resolución expedida el último lunes.

Todo lo anterior bajo el apercibimiento de ser denunciado penalmente por el delito de desobediencia.

En marzo del 2021, el denunciante se presentó a la comisaría de Orrantia del Mar (San Isidro), donde aseveró que fue víctima de violencia psicológica, física y agresión sexual por parte de su padre. “Él tiene problemas de conducta muy agudos, hacia afuera tiende a parecer que es buena persona, pero conmigo es agresivo. También lo fue con mamá”, remarcó el joven en su declaración.

El postulante a la Municipalidad de Lima había negado la acusación de su hijo, incluso intentó desvirtuar el documento policial que consigna su testimonio brindado el año pasado.

El caso fue derivado al Juzgado de Familia de Lima; y en abril del 2021, la magistrada a cargo del despacho decidió no otorgar medidas de protección por violencia psicológica.

Omisión corregida

Sin embargo, un año y medio después, el juez Miguel Quispe Zúñiga determinó que su antecesora había omitido pronunciarse sobre las agresiones sexuales denunciadas.

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“El órgano jurisdiccional se pronunció, únicamente, por los hechos de violencia psicológica; sin embargo, omitió pronunciarse sobre los hechos de violencia sexual, también denunciados por el agraviado en su manifestación ante la comisaría de Orrantia, los cuales hasta la fecha se encuentran sin pronunciamiento por el órgano tutelar”, se explica en el documento judicial.

El magistrado precisó que la manifestación que el denunciante brindó ante la comisaría sí tiene valor para su despacho.

El juez también dispuso remitir todos los actuados al Primer Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, que investiga el caso.

Finalmente, remitió copias del expediente a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma) de Lima, con el objetivo de que se investigue una presunta inconducta funcional en la tramitación del expediente.

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