Redacción EC

Los y constituyen hitos importantes en el calendario de los peruanos, ya que representan una oportunidad para fortalecer los lazos sociales y familiares. Estos períodos de descanso, altamente valorados por la población, permiten a los ciudadnaos escapar de las obligaciones laborales y dedicar tiempo a actividades recreativas y de esparcimiento. Debido a esto, la expectativa por conocer las fechas de los próximos días libres es tan grande, tanto para trabajadores del sector público como del privado. Dicho esto, a continuación te proporcionaremos toda la información que necesitas conocer sobre el primer feriado largo de 2025, despejando así cualquier duda sobre si podrás disfrutar de este merecido descanso.

¿CUÁNDO ES EL PRIMER FERIADO LARGO DEL 2025 EN PERÚ?

El primer feriado largo del año se llevará a cabo en abril, exactamente entre el jueves 17 y domingo 20 de abril.

Esto se debe gracias a que el jueves 17 y viernes 18 son feriados debido a que han sido denominadas como fechas santas por la Semana Santa. Sumando a estas fechas el sábado 19 y domingo 20, que son días habituales de descanso, será posible tener 4 días libres seguidos.

Foto: Y tú qué planes
Foto: Y tú qué planes

¿QUIÉNES PODRÁN DISFRUTAR DEL PRIMER FERIADO LARGO DEL 2025?

El primer feriado largo del año, producto de Semana Santa, permitirá a todos los trabajadores, sin distinción de sector, disfrutar de un merecido descanso. Sin embargo, es importante recordar que los días 17 y 18 de abril están establecidos como feriados nacionales, por lo que el descanso es obligatorio para todos; mientras que el 19 y 20 de abril son considerados días opcionales de descanso.

En el sector privado, los días no laborables no son obligatorios por ley, a diferencia de los feriados. Para que sean considerados días de descanso, es necesario que exista un acuerdo entre la empresa y los trabajadores. Si no se llega a un consenso, la empresa tiene la facultad de determinar la forma en que se compensarán las horas no laboradas.

¿CUÁLES SON LOS FERIADOS DEL 2025?

  • Jueves 17 de abril: Jueves Santo
  • Viernes 18 de abril: Viernes Santo
  • Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo
  • Sábado 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera
  • Domingo 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo
  • Miércoles 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú
  • Lunes 28 de julio: Fiestas Patrias
  • Martes 29 de julio: Fiestas Patrias
  • Miércoles 6 de agosto: Batalla de Junín
  • Sábado 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
  • Miércoles 8 de octubre: Combate de Angamos
  • Sábado 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
  • Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  • Martes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad
Aprovechando los feriados y días no laborables, los ciudadanos programan viajes, paseos, reuniones o simplemente buscan descansar en casa (Foto: Freepik)
Aprovechando los feriados y días no laborables, los ciudadanos programan viajes, paseos, reuniones o simplemente buscan descansar en casa (Foto: Freepik)

¿EN QUÉ SE DIFERENCIAN EL FERIADO Y EL DÍA NO LABORABLE?

Aunque muchas personas relacionan el feriado con el día no laborable, existe una diferencia entre ambos términos. Aquí te presentamos las diferencias:

  • Feriado: El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
  • Día no laborable: El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los 10 días inmediatos posteriores (con horas extras, trabajando días de semana o considerarlo a cuenta de las vacaciones), o en la oportunidad que establezca cada entidad en función a sus propias necesidades.