Con el objetivo de brindar apoyo económico a diversos trabajadores del en el Perú, el Gobierno ha confirmado, a través de la Ley de Presupuesto 2025, diversos incentivos económicos y dos aguinaldos que se distribuirán a lo largo de estos meses. Estas medidas tienen como finalidad valorar el trabajo de los empleados estatales e incentivarlos en su labor, proporcionándoles una mayor estabilidad financiera. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

¿QUÉ TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO RECIBIRÁN AGUINALDOS EN EL 2025?

Según la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, los trabajadores recibirán beneficios económicos destinados a reconocer su labor, como los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, que serán de hasta S/ 300 cada uno. Esta ayuda económica corresponde a los empleados y trabajadores nombrados o contratados bajo los regímenes laborales del Decreto Legislativo 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.

Los trabajadores del sector público recibirán los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, que serán de hasta S/ 300 cada uno.
Los trabajadores del sector público recibirán los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, que serán de hasta S/ 300 cada uno.

Sin embargo, eso no es todo, ya que los empleados públicos y pensionistas también recibirán el Bono de Escolaridad, con un pago de S/ 400, para apoyar los gastos que conlleva el inicio del año escolar en el país. Además, los docentes universitarios regidos por la Ley Nº 30220 y el personal de salud contemplado en el Decreto Legislativo 1153 también se beneficiarán de este subsidio.

¿QUIÉNES PODRÁN ACCEDER A LOS AGUINALDOS EN EL 2025?

A continuación, te presentamos quiénes se verán beneficiados con los aguinaldos de Fiestas Patrias, Navidad y otros beneficios, según la Ley de Presupuesto:

  • Trabajadores del régimen laboral del Decreto Legislativo 276 (profesionales, técnicos y auxiliares).
  • Servidores públicos nombrados y contratados bajo los regímenes laborales de las Leyes Nº 29944 y 30512.
  • Docentes universitarios y personal de salud, según los regímenes legales vigentes.
Los trabajadores del sector público recibirán los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, que serán de hasta S/ 300 cada uno.
Los trabajadores del sector público recibirán los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, que serán de hasta S/ 300 cada uno.

Es relevante señalar que los trabajadores bajo el régimen de actividad privada recibirán las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27735, que establece montos proporcionales al salario mensual, por lo que para acceder a estos pagos, los trabajadores deben cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Presupuesto.

¿CUÁNDO PAGAN EL BONO DE ESCOLARIDAD 2025?

A través del Decreto Supremo Nº 002-2025-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, se establecieron las disposiciones para la entrega de un nuevo Bono de Escolaridad 2025. Esta bonificación, que está contemplada en la Ley N.º 32185, será de S/ 400 y estará dirigida a los trabajadores del sector público y pensionistas, siendo abonada por única vez en la planilla de pagos del mes de enero de 2025. En cuanto a los profesores y auxiliares de educación contratados bajo la Ley N° 29944, el bono se depositará por única vez en la planilla de pagos correspondiente al mes de junio de 2025.

Los trabajadores del sector público recibirán los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, que serán de hasta S/ 300 cada uno.
Los trabajadores del sector público recibirán los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, que serán de hasta S/ 300 cada uno.

¿QUIÉNES SON LOS BENEFICIARIOS DEL BONO DE ESCOLARIDAD 2025?

De acuerdo con el artículo 2 del Decreto Supremo, el Bono de Escolaridad 2025 abarca a distintos grupos laborales del sector público. Además, este beneficio se aplicará de manera proporcional a los empleados que trabajen a tiempo parcial o en jornadas incompletas, así como a aquellos que no hayan alcanzado los tres meses de antigüedad mínima en el cargo, entre los cuales se encuentran:

  • Funcionarios y servidores públicos: Nombrados y contratados bajo los regímenes laborales del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 (Ley de Reforma Magisterial) y la Ley N° 30512.
  • Docentes universitarios: A los que se refiere la Ley N° 30220.
  • Personal de salud: Según lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1153.
  • Obreros: Permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas: A cargo del Estado, comprendidos en diversos regímenes como la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
  • Servidores penitenciarios: De acuerdo con la Ley N° 29709.
  • Trabajadores del Sector Público bajo el régimen laboral de la actividad privada.