El Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) rechazó el proyecto de ley que ha aprobado la Comisión de Justicia del Congreso y que plantea la posibilidad que los periodistas puedan ser condenados con prisión por informar sobre testimonios de colaboradores eficaces investigaciones del Ministerio Público.
En su pronunciamiento publicado este lunes 21 de febrero, el instituto recuerda que este dictamen aprobado por el grupo de trabajo presidido por Gladys Echaíz (Alianza Para el Progreso) se incluye la criminalización del trabajo periodístico al punto de hacer posible sancionarlos por informar sobre delaciones.
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El IPYS señala que la información publicada de este tipo en su mayoría provienen de fuentes confidenciales y tienen interés público, lo que protege su difusión con el derecho a la libertad de información.
“El IPYS entiende la importancia de mantener la reserva de los procesos investigativos en la justicia, pero el eventual castigo de la violación de esta reserva debe dirigirse a quienes están obligados a protegerla y no al mensajero periodístico”, advierten.
El instituto también destaca que ninguna investigación fiscal ha establecido responsabilidades por la violación de la reserva de procesos de colaboración eficaz a pesar de los constantes cuestionamientos contra esta figura.
“La reserva de las investigaciones no debería ser total sino caso por caso, y no se debería castigar las filtraciones, ni siquiera las interesadas o parciales, sino aquellas que generen un daño demostrable a los objetivos del proceso o la seguridad de los investigados”, consideró el IPYS.
Cambios a la colaboración eficaz
El enero de este año, la Comisión de Justicia encabezada por la exfiscal Gladys Echaíz, plantea hacer cambios en el código pernal y procesal penal, de tal manera que se establezca que los procesos de colaboración eficaz deberán realizarse en un plazo de ocho meses desde la solicitud hasta la celebración del acuerdo o su denegación; y podrán prorrogarse hasta por cuatro meses más por causa justificada y ocho meses más en casos de crimen organizado.
También dispone que el aspirante a colaborador eficaz solo pueda reunirse con el fiscal a cargo del caso en presencia de su abogado.
El proyecto también establece reprimir con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis a quien “indebidamente revele, proporcione o difunde, en todo o en parte, directa o indirectamente, la identidad de un colaborador eficaz o el contenido de sus declaraciones, en cualquier estado de la investigación o del proceso”.
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