El deceso de un ser querido impacta negativamente en la estabilidad emocional de sus allegados y parientes, quienes terminan quedando como deudos ante la delicada situación que atraviesa la familia, y también repercute en el plano económico. Al respecto, hoy un docente de Derecho es consultado sobre lo que sucede de inmediato con los ahorros bancarios de persona fallecida, y su respuesta llama la atención refiriéndose además a ese proceso llevado a cabo para realizar consultas referentes a cuentas cuyos movimientos por parte del difunto, no dejaron de generarse.
Cierta disputa o polémica puede terminar generando el factor monetario una vez que papá o mamá quizá, fallece por diversos motivos, y es que el dinero acumulado a través de entidades financieras, pasaría a convertirse en montos sucesorios, tal y como lo precisa Rodrigo Gálvez para RPP.
Durante diálogo concedido por el docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima, la consulta referente a lo que sucede con los ahorros bancarios de un familiar fenecido, lo hizo dar a conocer que “sus bienes, derechos y obligaciones se transmiten automáticamente a sus herederos”, y por ende los bancos no pueden hacer uso ni apropiarse de esos fondos.

A propósito de dicha información, resulta importante destacar que según Rodrigo Gálvez, y tras el fallecimiento del titular de cuentas financieras, los siguientes parentescos pasan a conformar orden sucesoria establecida mediante el Código Civil:
- Los hijos y descendientes del difunto son los primeros beneficiarios.
- Si no el difunto no tiene hijos ni descendientes, sus bienes pasan a poder de los padres y ascendientes.
- Si no cuenta ni con hijos ni padres, el beneficiario termina siendo el cónyuge o conviviente.
Con respecto a este último punto, el docente de Derecho de la Universidad de Lima, expresa que para el favorecimiento a pareja, ésta debe sustentar reconocimiento legal de unión, y “preferiblemente ante notario”, tras 2 años comprobados habiendo vivido juntos.
“Esta herramienta permite a los herederos consultar qué cuentas existían y en qué bancos, evitando la necesidad de acudir a cada entidad financiera por separado”, también refiere Rodrigo Gálvez entorno a plataforma que la SBS añadió a su listado de servicios de consulta y emisión, a fin de brindar la posibilidad de que familiares directos de una persona fallecida, puedan conocer el estado de cuentas de ahorro activos, Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), algún seguro de vida o si se encontraba afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
La finalidad de “Herederos Informados” consiste en que los beneficiarios y/o sucesores ejerzan oportunamente sus derechos como parientes a través de la presentación de documentación para obtener información certificada y precisa acerca de los trámites y operaciones que realizó en vida el difunto.
De acuerdo a información compartida por la SBS, el servicio hoy puede ser solicitado de manera gratuita tanto en línea como presencialmente, pero siempre teniendo en cuenta las características de los datos requeridos.



