Inició junio 2025 y, con ello, una serie de días de descanso tanto para los trabajadores del sector público como privado, quienes aprovecharán estas fechas para llevar a cabo diferentes ofertas turísticas, ya sea para disfrutar de las playas de la costa peruana, para recorrer los hermosos lugares paisajísticos del país o simplemente para quedarse en casa junto a los seres queridos. En ese sentido, dos feriados se aproximan en el calendario peruano, según el Decreto Legislativo N° 713, lo que permitirá que varios de estos trabajadores reciban una compensación adicional. Además, la celebración de estas fechas repercute en distintos sectores, como el turismo, el comercio y el entretenimiento. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto.
¿CUÁNTO RECIBIRÁN LOS TRABAJADORES PERUANOS POR TRABAJAR DURANTE LOS FERIADOS DE JUNIO 2025?
Según el Decreto Legislativo N° 713, Ley de Descansos Remunerados, los trabajadores del sector público y privado gozarán de dos feriados nacionales durante junio de 2025: el sábado 7 de junio debido a la Batalla de Arica y Día de la Bandera, y el domingo 29 de junio por el Día de San Pedro y San Pablo. Por lo tanto, esta normativa indica que este grupo de peruanos tienen derecho a un descanso obligatorio sin que perjudique sus honorarios y así disfruten de las festividades, ya sea realizando diferentes actividades o pasando más tiempo con la familia.

Sin embargo, en caso una persona trabaje durante estos días podrá recibir una serie de beneficios, a menos que se le otorgue una jornada sustituta de descanso. Es decir, cuando un empleado presta servicios, incluido domingos, durante un feriado obligatorio, este tiene derecho a recibir una triple remuneración, como un sueldo habitual por el día feriado, el pago por la jornada laborada y una bonificación extra por trabajar en día festivo. Aunque, si el ciudadano considera que sus derechos laborales han sido vulnerados o no se han respetado, tiene la potestad de presentar una queja o denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Es importante mencionar que, el día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Por su parte, el feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.



