Hoy el gobierno peruano impone nuevas medidas como parte de campaña nacional que busca reducir lesiones graves en accidentes de tránsito, por ejemplo, y llama la atención tras estar dirigidas a conductores y pasajeros de motocicletas. Al respecto, la información compartida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) mediante normativa puntual, refiere que a partir de esta fecha, los usuarios de dicho vehículo automotor, deben obligatoriamente portar tanto casco certificado como chaleco con placa impresa, pero de no hacerlo, estarán sujetos a la imposición de fuertes sanciones económicas.
El 20 de abril de 2025, el MTC hizo pública la Resolución Directoral N° 008 mediante el diario oficial El Peruano, y desde entonces la polémica se ha insertado en la comunidad integrada por aquellos moteros que circulan por la ciudad de Lima, hoy declarada en estado de emergencia junto al Callao.
La crítica de parte de dicho sector hacia el Gobierno, radica en la aplicación de medida que desde el jueves 22 de mayo, obliga a conductores y pasajeros de motocicletas a usar tanto casco certificado como chaleco retrorreflectante “con el objetivo de salvar vidas y reducir lesiones graves en accidentes de tránsito”.

Bajo Resolución Directoral N° 008, el MTC determina el cumplimiento de especificaciones técnicas ideadas también para disminuir tasa de criminalidad al volante de este tipo de vehículo automotor, y asimismo establece la imposición de multa ascendente al 8% de 01 Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Al respecto, te contamos que además de los S/428 impuestos como sanción económica, podrías estar perdiendo puntos en récord de conductor, y hasta sufrir la retención de tu motocicleta, si conduces sin casco, por ejemplo, no llevas chaleco con número de placa impreso, o terminas impidiendo la visibilidad de los dígitos colocados en dicho elemento.
Resulta importante destacar entorno a dicha medida gubernamental impuesta por el MTC, que si bien el 22 de mayo empieza a aplicarse de manera oficial tanto para Lima como el Callao, lo cierto es que a partir del 21 de junio recién comenzará a regir a nivel nacional.
LAS CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS QUE ESTABLECE EL MTC PARA EL USO DE CASCO CERTIFICADO Y CHALECO
- Casco
- Visor transparente, limpio y sin rayaduras.
- Sistema de retención funcional y seguro.
- Talla adecuada al usuario y buen estado general.
- Etiquetas visibles que acrediten su certificación conforme a normas reconocidas.
- Únicos modelos permitidos: integral, modular, cross y abierto
- Modelos prohibidos: tipo gaviota, los de ciclismo y usados para seguridad industrial
- “Un casco certificado absorbe y distribuye la energía del impacto, protegiendo la cabeza, el rostro y el cerebro del conductor o acompañante”.

- Chaleco
- Confección aceptada con material de fondo y material retrorreflectivas.
- Elemento debe contar con bandas retrorreflectivas color gris plata o blanco, y con un ancho mínimo de 5 centímetros.
- Elemento debe contar con una banda horizontal en parte delantera y posterior.
- Elemento debe contar con dos bandas verticales en la parte frontal, una sobre cada hombro.
- Elemento debe contar con número de matrícula de Placa Única Nacional de Rodaje.


