A nivel nacional, el Gobierno peruano, a través de entidades como la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), ofrece a personas naturales y empresas diversas herramientas digitales que permiten realizar consultas de forma totalmente virtual. En ese sentido, el organismo publico habilitó un mecanismo que permite a ciertas personas, con determinados indicadores económicos, inscribirse de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) sin realizar ningún trámite dentro de una fecha determinada. De esta manera, la entidad apunta a incorporar a un mayor número de contribuyentes que no figuraban en el registro hasta la actualidad. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.
¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS ECONÓMICOS PARA LA AFILIACIÓN AUTOMÁTICA DEL RUC?
A través de la Resolución de Superintendencia N.º 000130-2024/SUNAT, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria tiene la capacidad de inscribir de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) exclusivamente a las personas naturales que cuenten con más de cinco predios (urbanos o rurales) con un valor de 126 UIT, es decir, 674 100 soles. Eso no es todo, se incluyen aquellos ciudadanos que mantienen acciones o participaciones en empresas nacionales o extranjeras cuyo valor total supera las 100 UIT.
Así, la Sunat informó que la medida también alcanza a quienes realizaron operaciones en el sistema financiero, como la obtención de créditos empresariales superiores a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o la contratación del SOAT destinado para vehículos de carga pesada pertenecientes a las categorías N2 y N3. De esta manera, dicha institución pública tendrá la facultad de afiliar automáticamente al RUC, utilizando la información proporcionada por entidades financieras o aseguradoras, sin requerir la presencia ni gestión directa del contribuyente en sus oficinas, conforme comparte La República.
¿CÓMO CORREGIR ERRORES EN LOS PAGOS O DECLARACIONES ANTE LA SUNAT?
Todos los años, los contribuyentes realizan diversas declaraciones y efectúan pagos con el objetivo de cumplir con sus obligaciones tributarias, que incluyen impuestos, multas, fraccionamientos y otras deudas. No obstante, los usuarios en ciertas ocasiones pueden cometer errores al llenar alguna casilla del formulario, por lo que se vuelve un dolor de cabeza para ellos. De esta manera, la SUNAT, a través de su plataforma oficial, ha compartido múltiples mecanismos para corregir dichos datos, los cuales pueden realizarse de dos formas, tanto virtualmente como presencial:
- Formulario Virtual n° 1693: Este trámite se lleva a cabo por el Portal SUNAT, en el cual el formulario permitirá corregir datos como el número de RUC, el período tributario, el tipo de documento de identidad, el número del documento de identidad, el número de formulario, el número de orden del formulario y más.
- Mesa de Partes: En caso de que el error se relacione con el “Código del Tributo”, el contribuyente puede presentar una solicitud de reconocimiento de pago erróneo de manera presencial en los Centros de Servicios al Contribuyente o virtualmente a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV) de la SUNAT (LINK).



