El uso de dispositivos móviles se intensifica a nivel global, siendo Perú el país donde ahora empieza a regir normativa entorno a la contratación y gestión del servicio público móvil. Con respecto a esto último, hoy llama la atención que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (), imponga medidas para fortalecer la seguridad de usuarios, y mediante la modificación de artículos a partir de los cuales resuelve exigir la implementación de la verificación biométrica dirigida a personas de nacionalidad extranjera.

OSIPTEL AHORA EXIGE QUE PERSONAS DE NACIONALIDAD EXTRANJERA PASEN POR VERIFICACIÓN BIOMÉTRICA SI DESEAN CONTRATAR SERVICIO MÓVIL

La seguridad ciudadana sobre territorio peruano, hoy busca establecerse mediante la publicación de normativas como aquella donde OSIPTEL hace hincapié en la importancia de controlar el acceso a líneas móviles por parte de personas originarias de otros países.

A través de la , dicha entidad de Gobierno modifica 4 artículos de las “Medidas temporales para fortalecer la seguridad en la contratación y gestión del servicio público móvil”, siendo el octavo el mismo que expone lo siguiente:

- “La contratación de servicios públicos móviles por parte de personas de nacionalidad extranjera se realiza de forma presencial en los centros y/o puntos de atención, previa verificación biométrica con la base de datos de la Superintendencia Nacional de Migraciones”.

Según figura precisado con respecto a las modificaciones de las condiciones para que ciudadanos extranjeros puedan acceder a líneas móviles en Perú, la empresa operadora así como Movistar y Claro, por ejemplo, entre otras, debe verificar la identidad de la persona foránea que busca contratar servicio, y cuenta con Carné de Identidad emitido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo luego validar el número en el Sistema de Emisión de Carnés.

Asimismo, y mediante la publicación de otra normativa, en este caso la , OSIPTEL establece el procedimiento de baja de los servicios públicos móviles y/o el bloqueo de celulares utilizados o vinculados a la comisión de delitos comunicados por parte de las autoridades encargadas de la lucha contra la inseguridad ciudadana, y entre las cuales figuran la Policía Nacional del Perú (PNP), el Ministerio Público, el Poder Judicial (PJ), el Ministerio del Interior e Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

ESTO SUCEDE CON TU LÍNEA MÓVIL SI NO LA RECARGAS DURANTE TIEMPO PROLONGADO, SEGÚN OSIPTEL

La importancia de contar con algún plan de telefonía móvil, trasciende fronteras, y radica sobre todo en la posibilidad de poder comunicarnos con el resto del mundo adquiriendo paquetes postpago u optando por la modalidad prepago mediante la cual puedes navegar llevando a cabo recargas puntuales.

Al respecto, y según lo precisa el propio oficialmente, las empresas operadoras tienen la facultad de decidir darle de baja a los servicios que bajo dicho plan escogido, no han sido cargados de crédito dentro de un plazo máximo establecido, y que varía de acuerdo a lo determinado por entidades como Claro, Movistar, entre otras.

Luego de transcurrido el plazo, la empresa operadora podrá dar de baja el servicio, comunicándose previamente con el abonado, con una anticipación no menor de quine días calendario antes de la fecha de baja, salvo cuando exista un saldo de tráfico no utilizado”, remarca dicho organismo estatal, haciendo hincapié en que las compañías puntuales, no pueden saltarse el hecho de notificar la decisión final, y más bien deben darle a conocer al usuario prepago, tanto la fecha de cancelación prevista, y las implicancias que tendrá “respecto de la pérdida del número telefónico”.