Hoy son más de 5 millones los peruanos que desde el 2020 logran beneficiarse gracias a retiro voluntario y extraordinario de monto asociado a la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Tras 5 años, una nueva norma aprobada como dictamen parlamentario, ha terminado por confirmar el acceso que tendrán ciertos trabajadores, a cantidad de dinero cuyo abono liberado por parte de empleadores, ahora puede terminar verificándose desde cuenta bancaria activada.
ASÍ PUEDES COMPROBAR SI TU CTS HA SIDO ABONADA Y VERIFICAR CUÁNTO MONTO TIENES DISPONIBLE
El año 2025 ha resultado muy beneficioso para más de 5 millones de trabajadores peruanos que a partir de la CTS otorgada, continúan recibiendo alivio económico gracias a liberación autorizada desde mediados del mes de noviembre.
Dos veces al año finalmente, dicho beneficio laboral viene siendo dirigido a quienes sujetos al régimen común de la actividad privada, cuentan con la posibilidad de retirar cierta cantidad de dinero que figure disponible en cuenta bancaria asociada.
Así es como la CTS pagada hacia mediados del mes de noviembre, ya puede empezar a ser verificada tras abono que los empleadores deben realizar de manera obligatoria, y hacia número registrado previamente cuyo saldo disponible te permitirá acceder a retiro efectivo.
Cabe resaltar, que desde la cuenta bancaria asociada a dicho beneficio económico, hoy los trabajadores sujetos al régimen común de la actividad privada, también tienen la chance de comprobar a cuánto asciende monto contable que hasta 48 horas hábiles después de depósito, recién te figurará como utilizable.
HASTA ESTA FECHA DE NOVIEMBRE 2025 DEBES ESTAR RECIBIENDO EL PAGO DE LA CTS
Tal y como ocurre desde hace 5 años interrumpidos, los trabajadores peruanos sujetos al régimen común de la actividad privada que “cumplan, cuando menos en promedio, una jornada mínima diaria de cuatro horas“, pasarán a beneficiarse con el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, incluyendo además a empleados cuyos casos puntuales los terminan favoreciendo incluso hacia los venideros periodos anuales.
Con el objetivo de “cubrir necesidades por la crisis económica”, tal y como se expone mediante la Ley Nº 32322 publicado a inicios de mayo, el Gobierno finalmente decidió promulgarlo con la finalidad de facilitar el acceso a dinero acumulado en cuenta, y así permitir su cobro también durante el mes de noviembre.
Tras la publicación en el diario oficial El Peruano llevada a cabo el viernes 9, y de acuerdo a la “DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL” establecida en dicha normativa que autoriza la libre disposición del 100% del monto de CTS por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, los empleadores deben estar liberándola según lo precisa el Decreto Legislativo Nº 650, a más tardar el sábado 15 del undécimo mes del año como fecha límite de pago.
Cabe resaltar y recordar, que dentro de los alcances del Texto Único Ordenado (TUO) de la normativa mencionada, las empresas pertenecientes al régimen laboral de la actividad privada, hacen efectivo dos veces al año los respectivos abonos del remarcado beneficio social, y dentro de los primeros 15 días naturales correspondientes a los meses de mayo y noviembre, tal y como ocurre desde 1991.
DE ESTA FORMA PUEDES CALCULAR CUÁNTO ES LO QUE TE CORRESPONDE COMO PAGO DE CTS EN NOVIEMBRE 2025
Hace 4 años aproximadamente, el Perú iniciaba un periodo negativo en lo que respecta a la economía producto de la crisis sanitaria caracterizada por paralizaciones y restricciones, siendo liberados beneficios sociales como AFP y CTS en favor de millones de trabajadores, y para este 2025 aprobado otra vez por el Pleno del Congreso mediante la LEY Nº 32322.
En ese sentido, surgen varias interrogantes acerca de la disponibilidad del dinero que semestralmente se encargan de abonar los empleadores cumpliendo con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 650.
Una de ellas radica en la reglamentaciones ejecutadas por parte del Poder Ejecutivo a cargo de Dina Boluarte, y la segunda en el monto exacto que podrá disponer cada beneficiario a partir de la firma de la autógrafa encargada de liberarlo.
Al respecto, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y entidades financieras como BBVA, ejemplifican el cálculo de CTS mediante la siguiente detallada información si trabajaste durante todo el último semestre:
- FÓRMULA SEGÚN SUNAFIL
- Remuneración básica + 1/6 de última gratificación percibida divido entre 12 meses x 6
- EJEMPLO
- Pedro cobra un sueldo mensual ascendente a los S/1,200 y ha trabajado en la empresa durante todo el semestre percibiendo gratificación de diciembre, su 1/6 sería 200 que en total suman 1,400.
Esos 1,400 entre 12 x 6 da un total de S/700.

Cabe resaltar, que asimismo y de manera personalizada, puedes llevar a cabo este ejercicio de cálculo matemático gracias al aplicativo web lanzado por la Sunafil que hasta fines de 2023 había sido utilizado por más de 100 mil trabajadores pertenecientes al régimen de la actividad privada.


