Farmacias tendrán que abastecerse de medicamentos genéricos
Farmacias tendrán que abastecerse de medicamentos genéricos
Redacción EC

Este jueves 20 de junio ingresó al Congreso el proyecto de Ley N°4494, enviado por el Ejecutivo, el cual busca garantizar que las tanto del sector público como el privado, cuenten con abastecimiento de esenciales. El precio de estos productos estarían cerca del 10% de lo que cuestan los medicamentos de marca, según indicó Martín Vizcarra, presidente de la República.

En breves declaraciones desde Palacio de Gobierno,Vizcarra afirmó que pidió en el texto enviado al presidente del Congreso, Daniel Salaverry, que dada la importancia del proyecto, lo trate con carácter de urgencia.


Tras ser promulgada la Ley, en un plazo máximo de 90 días el Ministerio de Salud  aprobaría el listado de medicamentos esenciales genéricos, con registro sanitario vigente, el cual garantiza la seguridad, eficacia y calidad, que deberán mantener disponibles en farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado.

NO SOLUCIONA EL PROBLEMA
Hernán Malpartida, director de Asuntos Corporativos de            InRetail Pharma (Inkafarma y Mifarma), sostiene que de aprobarse la Ley el impacto sería mínimo dado que solo un 20% de estos medicamentos en el mercado es dispensado por el sector privado. Al mismo tiempo, le preocupa la imposición de stocks mínimos al sector privado de medicamentos dado que puede causar ineficiencias.

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El incumplimiento de la obligación señalada constituye una
infracción
a la presente Ley y es sancionada por la Autoridad Regional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ARM) y los órganos desconcentrados del Ministerio de Salud, hasta con cuatro UIT (S/16.800) conforme al Reglamento.

"Nos preocupa que se esté interviniendo al sector privado para solucionar un problema que se origina en el sector público, el 80% de las unidades dispensadas son del Estado no del sector privado, que solo se ocupa del 20%", afirma Malpartida. 

Actualmente, según un estudio de Videnza, el 57% de las recetas que llegan a las farmacias privadas provienen de entidades de Salud que no han podido dispensar las medicinas a sus pacientes. 

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Para Malpartida, no se debe interpretar los stocks mínimos como la solución al problema porque usualmente quiénes van a los puntos de ventas privados son las personas que no encuentran los medicamentos en el sector público. Incluso, según el informe de Videnza, el Perú se encuentra como uno de los países con precios más bajos en los medicamentos genéricos de la región. 

APLICACIÓN GRADUAL
Este listado que propondrá el Estado tendrá como base los criterios de carga de enfermedad definida por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades. De ser necesario, el listado será revisado y actualizado anualmente por el Minsa y el Ministerio de Economía y Finanzas.

La presente Ley, en el artículo 5, establece que las entidades públicas que deben abastecer la lista de medicamentos seleccionados son:    Ministerio de Salud
- Seguro Social de Salud (EsSalud)
- Ministerio del Interior
- Ministerio de Defensa
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Instituto Nacional Penitenciario (INPE)
- Gobiernos Regionales; y,
- Otras entidades públicas que brinden servicios de salud.

La implementación de la Ley se hará de manera gradual y progresiva y se supeditará a la disponibilidad presupuestaria de las Entidades. El Minsa, mediante Resolución Ministerial, determina los mecanismos bajo los cuales cada
una de las Entidades del ámbito de la presente Ley se incorpora a ésta.

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