El Estado de emergencia y la cuarentena se ampliaron hasta el 30 de setiembre.  (Foto: Alessandro Currarino /El Comercio)
El Estado de emergencia y la cuarentena se ampliaron hasta el 30 de setiembre. (Foto: Alessandro Currarino /El Comercio)
/ Alessandro Currarino
Redacción EC

Con más de 600.000 infectados, el Perú es el quinto país en el mundo con más casos de . La semana pasada, también se dijo que nuestro país es el que tiene mayor índice de mortalidad frente al nuevo . Ante estas cifras, el Gobierno se ha visto obligado a plantear una y extender el .

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A partir de este martes 1 de setiembre, las regiones de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna entrarán en cuarentena focalizada en toda su jurisdicción, por la alta incidencia de contagios por el nuevo coronavirus. A estas regiones se sumarán más de 40 provincias.

Al mismo tiempo, el Estado de emergencia a nivel nacional se extenderá hasta le 30 de setiembre junto a estas cuarentenas focalizadas. Ambas medidas se detallan en el , publicado el viernes en el Diario Oficial El Peruano.

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¿Qué es el estado de emergencia?

El estado de emergencia es un régimen de excepción que el Gobierno adopta en caso de un hecho que perturbe la paz del país, una catástrofe o una circunstancia grave que dañe directamente la vida de todos los habitantes del Perú.

Cuando el país entra en estado de emergencia, algunos derechos constitucionales quedan restringidos, tales como el derecho a reunión o el derecho al libre tránsito interno (a nivel nacional) y externo (entrar y salir del país).

Según el artículo 137 de la Constitución, el plazo del estado de emergencia no deberá exceder los 60 días. Con el último anuncio se deberá cumplir dicha medida hasta el 30 de setiembre.

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¿Qué es la cuarentena focalizada?

Por su parte, la cuarentena se enfoca en evitar la aglomeración de personas en espacios públicos y privados (como los hogares). Ya que con ello se busca mitigar el contagio y propagación del nuevo coronavirus.

En el Perú empezó a llamársele “Aislamiento Social Obligatorio”. El pasado 28 de agosto, el Gobierno dispuso que dicha medida se dé en algunos puntos del país, por lo que ahora se le denomina “”.

En este caso incluye a las regiones de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna y a 46 provincias de otros 14 departamentos, que se ubican en:

RegiónProvincias
AmazonasBagua, Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba.
ÁncashSanta, Casma, Huaraz y Huarmey.
ApurímacAbancay
ArequipaCamaná, Islay, Caylloma y Castilla.
AyacuchoHuamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas.
CajamarcaCajamarca y Jaén.
HuancavelicaHuancavelica, Angaraes y Tayacaja.
HuánucoHuánuco Leoncio Prado, Puerto Inca y Huamalíes.
IcaIca, Pisco, Nasca y Palpa.
JunínHuancayo, Satipo y Chanchamayo.
La LibertadTrujillo, Pacasmayo, Chepén, Ascope, Sánchez Carrión y Virú.
LimaBarranca, Cañete, Huaura y Huaral.
Madre de DiosTambopata
PascoPasco y Oxapampa.

Por otro lado, en dichas localidades se ha establecido un toque de queda que rige desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas, del día siguiente. Los domingos la inmovilización social obligatoria dura las 24 horas en todo el territorio nacional.

El decreto supremo reitera también que las reuniones sociales se encuentran prohibidas, por lo que las reuniones familiares, amicales o de trabajo no están permitidas, al menos de forma presencial. Estas actividades quedan vedadas por razones de salud pública, ya que se busca menguar la cantidad de contagios diarios de COVID-19.

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