Desde la medianoche del 22 de octubre, Lima Metropolitana y el Callao se encuentran bajo estado de emergencia por 30 días, una medida decretada por el Gobierno para hacer frente al aumento de la criminalidad. La disposición establece restricciones, operativos policiales y militares, y un control más estricto en distintos puntos de la ciudad.
En este contexto, muchos ciudadanos se preguntan qué tipo de reuniones y eventos pueden realizarse durante este periodo y cuáles requieren autorización especial. A continuación, te contamos todos los detalles.
¿LAS REUNIONES Y EVENTOS ESTÁN PROHIBIDOS DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA?
El decreto no impide las reuniones familiares ni los eventos privados, siempre que no sean de carácter masivo. Es decir, celebraciones como cumpleaños, bodas o bautizos pueden desarrollarse sin solicitar autorización previa, siempre que no alteren el orden público ni representen un riesgo para la seguridad. El artículo 2 del decreto precisa que las actividades no masivas se mantienen permitidas y no requieren permiso especial. Además, el Gobierno no ha establecido toque de queda.

¿QUÉ EVENTOS SÍ NECESITAN AUTORIZACIÓN ESPECIAL?
Las actividades consideradas masivas deben contar con autorización expresa de las autoridades locales, de acuerdo con el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones. Entre los eventos que requieren permiso previo se incluyen:
- Procesiones, marchas o concentraciones religiosas.
- Conciertos, ferias o festivales culturales.
- Partidos de fútbol y otros eventos deportivos con público.
- Espectáculos públicos en locales o espacios abiertos con más de 3.000 asistentes.
Las municipalidades y la Policía Nacional pueden supervisar, e incluso suspender, cualquier evento que consideren riesgoso o contrario a la normativa vigente, según informa el diario La República.
¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES MEDIDAS APLICADAS DESDE EL 22 DE OCTUBRE?
El estado de emergencia también contempla acciones específicas para reforzar la seguridad y combatir el crimen:
- Prohibición de que dos adultos circulen en motocicletas tipo L3, para evitar robos o sicariato.
- Restricción de visitas en penales, solo para familiares directos una vez por semana o cada quince días, según el régimen.
- Desmantelamiento de antenas ilegales y control del suministro eléctrico en las cárceles.
- Operativos de control de identidad, inspecciones de inmuebles y decomiso de armas, explosivos y autopartes ilegales.
- Verificación de personas extranjeras y suspensión de líneas telefónicas vinculadas a extorsiones o secuestros.
Estas acciones complementan el despliegue policial y militar en puntos estratégicos de Lima y Callao para garantizar la seguridad ciudadana.

¿QUIÉN TENDRÁ EL CONTROL DEL ORDEN INTERNO?
La Policía Nacional del Perú (PNP) será la encargada principal de mantener el orden interno, con el apoyo operativo de las Fuerzas Armadas (FF. AA.). Ambas instituciones coordinarán patrullajes, controles y operativos basados en análisis de inteligencia, mapas del delito y estadísticas oficiales. Además, los Serenazgos municipales participarán en las labores de control y vigilancia territorial, según informa Infobae.
¿QUIÉNES SUPERVISARÁN LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA?
El CONASEC, el CONAPOC y los comités distritales y regionales de seguridad de Lima y Callao permanecerán en sesión permanente para coordinar acciones y reportar resultados al Ejecutivo. El financiamiento de las operaciones provendrá de los presupuestos institucionales y de recursos extraordinarios autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas.


