Conoce a cuánto ascenderá el sueldo mínimo de los docentes a nivel nacional, quién lo estableció, desde cuándo y en qué consiste. (Foto: El Peruano)
Conoce a cuánto ascenderá el sueldo mínimo de los docentes a nivel nacional, quién lo estableció, desde cuándo y en qué consiste. (Foto: El Peruano)
Redacción EC


El 2023 está siendo un año próspero para el plano a nivel nacional en cuanto a beneficios, incentivos e incrementos vinculados a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM). Los profesores nombrados y contratados pertenecientes a la Carrera Pública Magisterial (CPM) del Ministerio de Educación (), empezaron a percibir desde el mes de marzo un significativo aumento según la cantidad de horas trabajadas y otras características establecidas en el marco de una normativa que también determina lo mismo dentro de 8 meses. Te contamos en qué consiste, y a cuánto ascenderá el sueldo mínimo dirigido a maestros de diversas escalas a partir de noviembre.

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¿CUÁNTO SERÁ LA RIM QUE COBRARÁN LOS DOCENTES EN PERÚ A PARTIR DE NOVIEMBRE 2023?

Los maestros del Perú, ya sean nombrados o contratados, que ejercen funciones en instituciones de educación básica y técnico-productiva como colegios estatales a nivel nacional, por ejemplo, percibirán el segundo incremento anual de la RIM que en marzo benefició a más de 400 mil con un aumento oscilante entre los S/250 a S/699 según escala magisterial y jornada laboral.

De acuerdo a lo fijado y establecido en el que se publicó en el diario oficial El Peruano el 17 de marzo de 2023, el sueldo mínimo de un docente de la CPM según las horas vinculadas a la jornada laboral que rigen en base a la modalidad, índice porcentual o ciclo en el que presta servicios académicos como nombrado, pasó a fines de marzo de S/2,600 a 2,850, y para noviembre pasará de S/2,850 a 3,100.

En tanto, los maestros que laboran como Profesor Coordinador en el Programa No Escolarizado de Educación Inicial (PRONOEI) o Docente Coordinador en la Oficina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC), o en la Oficina Diocesana de Educación Católica (ODEC), en condición de contratados, perciben actualmente una RIM equivalente a los S/3,800, pero a partir del onceavo mes del año subirá a S/4,050.

A continuación, repasemos el detalle sobre los sueldos mínimos que cobrarán desde noviembre 2023 cada maestro de acuerdo a su número de escala magisterial, y personal de los diversos niveles educativos tal y como lo dispuso el Estado peruano mediante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Minedu:

DOCENTES NOMBRADOS

- Octava Escala Magisterial

S/6.485 (30 horas) / S/8.230 (40 horas)

- Séptima Escala Magisterial

S/5.665 (30 horas) / S/7.470 (40 horas)

- Sexta Escala Magisterial

S/5.237 (30 horas) / S/6.900 (40 horas)

- Quinta Escala Magisterial

S/4.525 (30 horas) S/5.950 (40 horas)

- Cuarta Escala Magisterial

S/3.325 (30 horas) / S/5.190 (40 horas)

- Tercera Escala Magisterial

S/3.670 (30 horas) / S/4.810 (40 horas)

- Segunda Escala Magisterial

S/3.385 (30 horas) / S/4.430 (40 horas)

- Primera Escala Magisterial

S/3.100 (30 horas) / S/4.050 (40 horas)

DOCENTES CONTRATADOS

Monto: S/3.100 (Jornada laboral de 30 horas)

- Educación Básica Regular (EBR) / Inicial - Primaria - Secundaria

- Educación Básica Especial (EBE) / Inicial - Primaria

- Educación Básica Alternativa (EBA) / Inicial-Intermedio - Avanzado

- Educación Técnico-Productiva (ETP) / Básico y Medio

El Minedu está haciendo un importante esfuerzo y destinando un presupuesto de más de S/1,200 millones para reconocer el buen desempeño de los docentes y revalorar la CPM como eje clave para mejorar los aprendizajes”, expresó el exministro, , un día después de la publicación del Decreto Supremo 036 en marzo que también autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de los gobiernos regionales.

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¿CÓMO SE DETERMINA LA RIM DE LOS DOCENTES NOMBRADOS Y CONTRATADOS EN PERÚ SEGÚN EL MINEDU?

La escala magisterial es la principal característica que diferencia a docentes nombrados de contratados en relación a la RIM que perciben mensualmente por parte del Minedu.

Por ejemplo, el monto entregado como sueldo a cada maestro en su condición contractual, se considera en base a los siguientes criterios y conceptos:

- DOCENTES NOMBRADOS

Remuneración en función a su escala magisterial que oscila entre la primera y la octava, y la jornada de trabajo de 30 o 40 horas semanales

- DOCENTES CONTRATADOS

Remuneración mensual de acuerdo a la jornada laboral de 30 o 40 horas semanales establecidas para la modalidad o forma de EBR, EBE, EBA o ETP, nivel o ciclo inicial, primaria o secundaria en que presta servicios


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