El Poder Ejecutivo, a través del Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM, declaró como día no laborable para el sector público el viernes 2 de mayo, esto con el fin de promover el turismo. A propósito de ello, el Ministerio de Educación (Minedu) informó si habrán o no clases dicho día en los colegios estatales y privados.
De acuerdo a lo señalado por el Minedu, las instituciones educativas que son públicas no tendrán clases escolares este viernes 2 de mayo. Además, teniendo en cuenta que es un día no laborable para el sector público, los profesores de los colegios nacionales no trabajarán.
En cambio, en los colegios privados la situación varía. Como la disposición del día no laborable no es de cumplimiento obligatorio para estas instituciones, cada establecimiento tiene la autonomía para determinar si interrumpe o continúa con las clases en esa fecha.

Esto se sabe del viernes, 2 de mayo
El 1 de Mayo se reconoce a nivel mundial como una fecha clave en honor a las luchas históricas del movimiento obrero, especialmente por la conquista de la jornada laboral de ocho horas. Su origen se remonta a los hechos de Haymarket, ocurridos en Chicago en 1886, cuando una manifestación pacífica que exigía condiciones laborales justas fue violentamente reprimida.
En 2025, el Día del Trabajo caerá en jueves, lo que permitirá disfrutar de un fin de semana largo. El Gobierno del Perú formalizó esta medida a través del Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM, publicado en El Peruano, donde se establece que el viernes 2 de mayo será considerado día no laborable para quienes trabajan en el sector estatal, con la intención de impulsar el turismo nacional y reactivar las economías a nivel nacional.
Por su parte, en el ámbito privado, el descanso del 2 de mayo no será obligatorio. Las empresas podrán optar por otorgarlo, siempre y cuando se acuerde una forma de recuperar las horas dejadas de trabajar, ya sea dentro de los siguientes diez días hábiles o según lo que se acuerde entre las partes.
¿Qué diferencias hay entre día no laborable y feriado?
Feriado: El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
Día no laborable: El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los 10 días inmediatos posteriores (con horas extras, trabajando días de semana o considerarlo a cuenta de las vacaciones), o en la oportunidad que establezca cada entidad en función a sus propias necesidades.


