
El presidente de Estado Unidos, Donald Trump, firmó el lunes una orden ejecutiva para eliminar la ciudadanía por derecho de nacimiento, que apunta a los hijos de inmigrantes indocumentados y que es una de sus promesas de campaña más radicales en materia migratoria. La orden modifica la interpretación actual de la Enmienda 14 de la Constitución, que establece que toda persona nacida en suelo estadounidense obtiene automáticamente la nacionalidad, independientemente del estatus migratorio de sus padres. ¿Cuál es el alcance de la norma, desde cuándo estará vigente y a cuántas personas perjudicará?
“Es ridículo. Somos el único país en el mundo que hace esto con el derecho de nacimiento”, declaró Trump al firmar la orden, algo que no es cierto, como remarcaron los medios estadounidenses.
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¿Desde cuándo estará en vigencia?

En teoría, la orden de Trump debe entrar en vigor 30 días después de su firma, es decir, el próximo el 19 de febrero. La medida solo se aplicaría a nacimientos futuros, no afecta a quienes nacieron antes.
El periodista Jesús García, editor en La Opinión y El Diario Nueva York, explicó a El Comercio que las órdenes ejecutivas no tienen efecto inmediato. En este caso, dijo, se tiene que esperar a las recomendaciones de varias dependencias, incluyendo el Departamento de Justicia, sobre cómo se podría aplicar y si es realmente viable aplicarla.
¿A quiénes afecta la orden?
La orden impone que no se otorgue la ciudadanía por nacimiento en dos casos: Primero, cuando el niño nace en momentos en que la madre está indocumentada en Estados Unidos y el padre no es ni residente permanente ni ciudadano. Segundo, cuando el niño nace al tiempo que la madre tiene un estatus legal pero temporal y el padre no es ni ciudadano ni residente permanente en Estados Unidos.

Jesús García especifica que la orden puede afectar a los hijos de turistas u otro tipo de viajeros, como quienes llegan a Estados Unidos por cuestiones de negocios, a estudiantes con visa solo de estudiante, a personas con visa solo de trabajo temporal.
“La orden establece una condicionante: Si la madre es indocumentada pero el padre es estadounidense, entonces sí se le concede la ciudadanía al bebé”, anota García.
En este punto, cabe mencionar que la ciudadanía por nacimiento es un derecho consagrado en la Enmienda 14 de la Constitución de Estados Unidos.
Sin embargo, la orden firmada por Trump asegura que el texto original de la Enmienda 14, en particular lo que significa ser una persona “sujeta a su jurisdicción”, ha sido malinterpretado por las cortes desde que fue ratificada en 1868.
La orden de Trump busca reinterpretar lo que significa “estar sujeto a la jurisdicción” de Estados Unidos.
"Turismo de nacimiento"
Jesús García indica que uno de los argumentos de los republicanos para impulsar la orden tiene que ver con el “turismo de nacimiento”, mujeres que llegan a Estados Unidos con el único propósito de dar a luz para que su bebé obtenga la ciudadanía estadounidense de manera automática.
“Esto es, digamos, cierto, pero no es una industria muy extendida. Lo hemos visto mucho sobre todo, por ejemplo, con grupos de China que ofrecen paquetes de turismo a mujeres embarazadas para dar a luz en Estados Unidos, lo que les daría pues inmediatamente la ciudadanía estadounidense a sus hijos. Eso es contra lo que también quieren luchar los republicanos, pero no son miles ni millones de personas que hacen esto, aunque es algo que existe. Incluso el Departamento de Seguridad Nacional tiene un reporte al respecto”, manifiesta García.
¿Cuántas personas serían afectadas por la orden?

García dice que es difícil calcular a cuántas personas afectará la orden de Trump si entra en vigencia, pero recuerda que alrededor de 5 millones de niños son hijos de inmigrantes indocumentados.
“Eso nos da una dimensión de la cantidad de gente que se puede ver afectada. Eso no significa que cada año hay esa cifra de niños nacidos en Estados Unidos de padres indocumentados, es de un largo período de tiempo, quizá de los últimos 30 años”, remarca García.
Puede terminar en la Corte Suprema
Como la ciudadanía por nacimiento es un derecho consagrado en la Enmienda 14 de la Constitución, ya se adelanta que la orden de Trump enfrentará desafíos legales en los tribunales de justicia y terminará ante la Corte Suprema.
Manuel Orozco, director del programa de Migración, Remesas y Desarrollo de Diálogo Interamericano, indica a El Comercio que hay organizaciones que aducen que el argumento usado por Trump es inconsistente con el espíritu de la Enmienda 14 y la Constitución, por lo que será rebatido legalmente.
Agrega que la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) y otras organizaciones tienen planeado llevar al Gobierno a litigio. Ello podría llevar a un bloqueo de la orden de meses e incluso de años.
Orozco hace notar que hasta antes de la orden ejecutiva de Trump, solo las personas nacidas de diplomáticos o hijos de enemigos de guerra eran excluidas de la ciudadanía estadounidense.
En cuanto al desenlace de una posible pugna judicial, si la Corte Suprema anula la orden ejecutiva, a Trump le quedaría impulsar una reforma constitucional en el Congreso, donde el Partido Republicano tiene mayoría en ambas cámaras.
Para ser aprobada la reforma constitucional, se necesita el voto de dos tercios en la Cámara de Representantes y en el Senado, y la ratificación de las asambleas estatales.
García recuerda que ya hay un proyecto de ley de los republicanos para buscar detener el derecho a la ciudadanía de los bebés que nacen de padres indocumentados.
¿Cómo surgió la Enmienda 14?
De acuerdo con la ACLU, la Enmienda 14 de la Constitución de Estados Unidos estipula que, con algunas excepciones por separado, las personas nacidas en Estados Unidos son ciudadanas de este país, independientemente de la raza, la etnicidad, o el origen nacional de sus padres. Agrega que la Enmienda fue ratificada para rectificar una de las más infames resoluciones de la Suprema Corte en la historia de EE.UU., la resolución judicial “Dred Scott vs. Sandford” de 1857, en la cual la Corte sostuvo que ningún individuo de descendencia Africana, incluyendo a los esclavos y personas libres, jamás podía llegar a ser ciudadano de los Estados Unidos.
En respuesta a la “Dred Scott vs. Sandford”, el Congreso aprobó y los estados ratificaron la Enmienda 14. “Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanas de los Estados Unidos y del Estado donde ellas residen”, dice la primera parte del texto. “Ningún Estado promulgará ni aplicará ninguna ley que restrinja los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de Estados Unidos”, agrega.
La ACLU sostiene que el propósito de estas poderosas palabras fue anteponer la ciudadanía por encima de las políticas y los prejuicios de cualquier determinada era.
Sin embargo, como recuerda la agencia AP, la Enmienda 14 no siempre se tradujo en que a todos se les otorgará la ciudadanía por derecho de nacimiento. Recién en 1924 el Congreso finalmente otorgó la ciudadanía a todos los nativos americanos nacidos en Estados Unidos.
Un caso clave en la historia de la ciudadanía por derecho de nacimiento se produjo en 1898, cuando la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó que Wong Kim Ark, nacido en San Francisco de padres inmigrantes chinos, era ciudadano estadounidense porque había nacido en ese estado, consignó AP.
A Wong se le había negado la reentrada a Estados Unidos cuando regresó de una visita a China. Él alegó con éxito que, al haber nacido en EE.UU., la condición de inmigrantes de sus padres no afectaba a la aplicación de la Enmienda 14.