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Salvavidas al BCR
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Recientemente, el presidente del BCR, Julio Velarde, declaró a RPP sobre la propuesta de modificar el escudo de armas de las monedas peruanas, un emblema que es parte de la identidad monetaria del país por más de 150 años. Y no le falta razón. Sucedió lo mismo con la estrofa apócrifa que se insertó en nuestro himno nacional y aun así el Tribunal Constitucional manifestó que formaba parte de nuestra forma de cantarlo y que se había quedado en el imaginario popular. En este caso, el TC dio un fallo acertado y el Ejecutivo, con una norma de inferior jerarquía, oficializó la sexta estrofa y dejamos de cantar aquella que es apócrifa.
Ahora sucede el problema con los mayores costos en el caso de la moneda. Ante una sentencia reciente del TC –que ordenó incluir el lema “Firme y feliz por la unión”, que debió acuñarse en las monedas de oro y plata desde el 25/2/1825–, una primera pregunta sería: ¿las monedas de un sol y sus divisiones son de oro o plata? Porque el lema debe estar identificado en monedas de ese tipo de metal, según la norma que les dio esa acuñación.
Otra proposición del TC es que las monedas lleven el escudo nacional, mas no el de armas. ¿Qué de negativo o falta de patriotismo existe en colocar el escudo de armas? Ninguno. Tras suscribirse el tratado de 1929, en el que se perdieron las provincias de Tarapacá y Arica, la corona de laureles lleva dos hojas caídas en recuerdo de aquella pérdida territorial. Tenemos, entonces, otra interrogante: ¿eso también debe eliminarse porque no está contemplado en la norma original sobre acuñación? ¡El absurdo en todo su sentido!
Velarde solo tiene una salida: solicitar una “aclaración” o una forma análoga al TC para salir de este absurdo histórico en el que se ha vuelto inmerso por malos consejos de sus asesores jurídicos e históricos. La salida es sencilla, como describí en un artículo publicado en El Comercio el 2/4/2025. Ahí demuestro que el fallo del TC se basa solo en una normatividad que se dio para acuñar la primera moneda del Perú llamada peso, y que recién desde el 14/2/1863 la unidad monetaria del Perú se llama sol.
La legislación de 1825 era para acuñar el peso peruano en oro y plata, y como referencia se tomaron aquellas normas para la acuñación y posterior emisión del sol, sin introducir una legislación especial; y esta se ha realizado sin contratiempos legales desde que se cambió el sol por el inca hasta el nuevo sol por el sol, según la Ley 30381, de mi autoría. Nuestra moneda ha cambiado de denominación varias veces y el sentido común, así como la legalidad, nos dice que las normas originarias de acuñación no pueden aplicarse a la moneda que hoy es nuestro circulante, como es práctica usual en la mayoría de unidades monetarias en el mundo.










