El presidente Pedro Castillo insiste en cuestionar las investigaciones en su contra que actualmente se procesan ante la Fiscalía de la Nación y ahora, también apunta al Equipo Especial contra la Corrupción del Poder por haber allanado Palacio de Gobierno.
Son tres recursos de apelación los que ha presentado el jefe de Estado ante la Corte Suprema por los casos “Puente Tarata”, “La remoción del exministro del Interior Mariano Gonzáles” y “Las presuntas filtraciones de información por parte del Ministerio Público”.
Castillo insiste con sus recursos, pese a que en los tres casos el resultado le ha sido adverso en la primera instancia suprema y se le ha dado la razón a la fiscal de la Nación Patricia Benavides.
A ello, se suma un recurso de casación que aún se encuentra pendiente de resolver en la Corte Superior Penal Nacional (CSNJPE) y elevarse a la Corte Suprema.
Yenifer Paredes y el allanamiento
Precisamente, el abogado Benji Espinoza, defensa del presidente Pedro Castillo, presentó a fines de setiembre un recurso de casación ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la CSNJPE con el fin de poner al debate la competencia del Equipo Especial Contra la Corrupción del Poder para allanar Palacio de Gobierno.
Esto, luego que el equipo dirigido por la fiscal superior Marita Barreto solicitara al Poder Judicial, el allanamiento a Palacio de Gobierno para obtener los videos de las cámaras de vigilancia en los que, presuntamente, se grabaron los días en su equipo y el Equipo Especial de la Policía, acudieron a la captura de Yenifer Paredes, cuñada de Castillo.
Como se recuerda, el 16 de setiembre de este año, el equipo de fiscales y efectivos de la PNP dieron cumplimiento a la orden de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior, que, por mayoría, autorizó la diligencia.
Dos de los tres jueces que integran el tribunal superior, Edgar Medina Salas y María Guillén Ledesma, indicaron que de dicha diligencia “no se advierte que la investigación esté dirigida contra el presidente de la República, sino contra Yenifer Noelia Paredes Navarro y otros”.
[16/09/22 4:59 p.m.] Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder y agentes de la PNP ingresaron a Palacio de Gobierno. Incautarían el sistema de grabación de las cámaras de seguridad. pic.twitter.com/Zimt6Sqy8o
— Canal N (@canalN_) September 16, 2022
Por el contrario, consideraron que existían “motivos razonables” para estimar que las cámaras de seguridad de las puertas de acceso a Palacio de Gobierno y la Residencia Presidencial pueden contener información relevante para la investigación.
Sin embargo, el magistrado Iván Quispe, coincidió con lo señalado por el juez del caso en primera instancia Raúl Justiniano, quien rechazó la solicitud de allanamiento. Este último argumentó que la fiscalía “pretende investigar al presidente de la República, quien es un alto funcionario, lo cual no es de competencia de su juzgado”.
Es precisamente este último argumento el que ha tomado la defensa del presidente Castillo para sostener que los fiscales del Equipo Especial Contra la Corrupción del Poder no son competentes para realizar las diligencias en Palacio de Gobierno.
“[Un tercer juez] ha dicho que no puedo pronunciarme por pedido de la Fiscalía, porque ni yo ni mis colegas somos jueces competentes. Jueces de segunda instancia que conforman la sala no pueden autorizar una medida contra el presidente de la República ni contra Palacio de Gobierno”, afirmó Espinoza adelantando parte de su cuestionamiento que finalmente plasmó en el recurso de casación.
Caso Puente Tarata
El recurso de tutela de derecho con el que el mandatario Pedro Castillo, busca invalidar la investigación por presunta organización criminal, tráfico de influencias y otros delitos cometidos por la adjudicación del Puente Tarata (Región San Martín) se encuentra pendiente de resolver en segunda instancia ante la Corte Suprema.
El pasado mes de agosto, la Sala Suprema Penal Permanente declaró “bien concedido” el recurso de apelación que presentó el abogado Benji Espinoza, luego que el pedido le fuese rechazado en primera instancia por el juez supremo de Investigación Preparatoria, Juan Checkley.
El tribunal supremo aún debe fijar la fecha de la audiencia pública donde analizará el fondo de la apelación con la participación de las partes.
La defensa legal del jefe de Estado argumenta que el presidente de la República, como es el caso de Castillo Terrones, no puede ser investigado en sede fiscal mientras se encuentre en el ejercicio de sus funciones.
Esta incidencia se inició inmediatamente después que el exfiscal de la Nación Pablo Sánchez, dispuso incorporar a Castillo en las investigaciones que ya se seguían en contra del exministro de Transportes y Comunicaciones (MTC) Juan Silva y un grupo de congresistas conocidos como “Los Niños”.
Según el abogado del presidente, la Fiscalía de la Nación abrió una investigación preliminar en contra del presidente por delitos que no están permitidos en el artículo 117 de la Constitución.
Además, que de acuerdo al artículo 99 de la Constitución, se prohibía cualquier investigación fuera del ámbito constitucional a cargo del Congreso; y por ende, no en causa penal.
No obstante, el magistrado supremo resolvió en aquel momento que las garantías y prerrogativas de las que goza un mandatario, no incluyen la imposibilidad de iniciar investigaciones preliminares contra un Presidente de la República en funciones. Sobre todo, cuando es señalado por presuntamente liderar una organización criminal que vendría cometiendo delitos de corrupción en el aparato estatal.
“Resulta coherente que el artículo 117 de la Constitución Política del Perú se entienda en el sentido que impide que se formule la acusación constitucional, mas no así la realización de investigaciones preliminares”, sentenció.
González y el equipo liderado por Harvey Colchado
El próximo jueves 20 de octubre a las nueve de la mañana, la Sala Suprema Penal Permanente calificará el recurso de apelación que presentó la defensa de Pedro Castillo, contra la resolución que rechazó anular su investigación por presunto encubrimiento y organización criminal.
El jefe de Estado fue inmerso en este caso tras destituir al exministro del Interior Mariano González, a quien le expresó su desacuerdo por haber aceptado el pedido del Equipo Especial Contra la Corrupción del Poder y conformar un Equipo Especial de la Policía Nacional, bajo la coordinación del coronel PNP Harvey Colchado.
Benji Espinoza, abogado del mandatario, cuestionó la investigación alegando que no habían participado en la declaración que González brindó ante la Fiscalía de la Nación tras su destitución y que esta se hizo antes de que se emitiera la disposición fiscal de inicio de investigación contra Castillo.
Por ello, aseguró, se habían vulnerado sus derechos a la defensa y al debido proceso.
El juez supremo de Investigación Preparatoria Juan Checkley, rechazó dichos argumentos al sostener que la fiscalía puede realizar indagaciones previas antes de emitir una disposición fiscal; y por tanto la toma de declaración del exministro González no vulneró el derecho al debido proceso ni el derecho a la defensa.
Presunta filtración
El cuestionamiento por la afectación a su derecho de presunción de inocencia, por una presunta filtración de la declaración del exsecretario presidencial Bruno Pacheco -sometido a un proceso de colaboración eficaz- es otro de los casos que Castillo ha llevado ante la Corte Suprema.
“Se afecta la legalidad procesal. Está prohibida la publicación de actuaciones procesales cuando se está realizando la investigación preparatoria”, alega la defensa de Castillo.
Benji Espinoza buscaba responsabilizar a la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, por presuntamente haber filtrado a la prensa la declaración que Pacheco rindió ante el Equipo Especial Contra la Corrupción del Poder.
Sin embargo, el magistrado supremo precisó que la defensa del presidente no había podido demostrar que las filtraciones habían provenido de la fiscalía. En todo caso, señaló, podía interponer ante los órganos correspondientes los recursos pertinentes y previstos para este tipo de casos.
“Frente a la sospecha de alguna filtración que pueda provenir de ellos, corresponde la intervención de los órganos de control competentes para determinar la responsabilidad funcional que pudiera existir”, resolvió el juez.
El abogado Benji Espinoza, dijo ante estos escenarios, que el presentar recursos “se llama ejercicio a su derecho” y por tanto rechazó el uso de los recursos para obstaculizar las investigaciones.
Explicó que cada tutela o recurso interpuesto está destinado a defender el derecho de Castillo Terrones a la tutela judicial efectiva, su derecho a la protección judicial, su derecho a que el Estado le provea un recurso efectivo, idóneo y eficaz para proteger sus derechos fundamentales.
“La protección judicial es el derecho a que el sistema de justicia lo proteja, que restablezca sus derechos cuando han sido vulnerados o conculcados. Eso, de ninguna manera es signo de obstaculización; porque sino, las personas que son investigadas no podrían presentar ningún recurso, ni podrían defenderse. Tendrían que quedar postradas a la inacción, al absoluto anquilosamiento, pues de otro modo se asumiría como un acto de obstrucción y eso es inadmisible”, afirmó.
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