Karem Barboza Quiroz

El presidente del Congreso, , aún adeuda el pago de S/6,626.07 que el Poder Judicial fijó como intereses generados por los 28 años que arrastró la reparación civil a la que cuando fue regidor de la Municipalidad de Santiago, en Cusco.

Según diversas resoluciones judiciales a las que accedió El Comercio, el alto funcionario ha objetado el monto que los peritos judiciales concluyeron, luego de un pedido que hiciera la Procuraduría de la Contraloría General de la República y de la Municipalidad cusqueña de Santiago.

Según el requerimiento, se adujo ante la judicatura que si bien Soto Reyes había cumplido con cancelar los S/ 20,642.00 a los que fue sentenciado en el proceso civil en su contra, no se consideraba los intereses por la deuda impaga al Estado Peruano.

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Tal como informó este Diario en su momento, Soto fue hallado responsable por irregularidades cometidas entre los años 1996 al 2002, cuando se desempeñaba como regidor municipal. Dichos hechos pasaron por apropiarse de S/21,092.00 de dinero del Estado a través de cobros de “dietas” por sesiones de Concejo Municipal a las que no asistió, no se realizaron o fueron de carácter social (solemnes no remuneradas por ley) e incrementarse las dietas sin autorización o acuerdo edil, según se describe en las resoluciones judiciales.

En el 2016, luego de ser requerido por el Poder Judicial, Soto Reyes pagó S/1,000.00 del monto total de la reparación. Luego de ello, no volvió a depositar ni un sol, sino hasta agosto del 2023, cuando este Diario dio a conocer la historia de la reparación civil que, hasta ese momento, no había cumplido con honrar.

El caso, que había sido enviado al archivo judicial, fue reactivado en setiembre del 2023, tras un pedido de la Procuraduría de la Contraloría General del Estado.

Recién en enero del 2024, el Primer Juzgado de Paz Letrado, a cargo de la magistrada Johanna Almanza, dispuso hacer el endoso del pago de S/ 20,642.00 y S/1,000.00 por reparación civil que había realizado Soto Reyes en favor de la Municipalidad Distrital de Santiago-Cusco, en su calidad de agraviada.

En otra resolución de enero de este año, se reitera la entrega del endoso a la Procuraduría de la Municipalidad Distrital de Santiago-Cusco, pero además, se ordena que el expediente sea enviado al Pool de Peritos liquidadores de la Corte Superior de Justicia del Cusco a fin de que se realice la liquidación de intereses legales reclamados por la Contraloría.

Es así que el 18 de junio, el juzgado dio por recibido el informe pericial, señalando que el monto adeudado por intereses y otros, por parte de Soto Reyes, desde hace 28 años, se calculaba en S/. 6,626.07.


“Téngase por recibido el oficio N° 00167-2024-POOL-PERITOS-CSJCU-PJ/ASG, proveniente del pool de peritos de esta corte, adjuntando las hojas de liquidación con el calculo de intereses de daños y perjuicios por inejecución de obligaciones más los intereses legales por la mora en el pago de la Contraloría General de la República que ascienden a la suma total de S/. 6,626.07 (seis mil seiscientos veintiséis soles con 07/00 centavos) por el periodo comprendido desde el 06 de noviembre del 1996 a mayo del 2024, agréguese a sus antecedentes y póngase en conocimiento de las partes por el término de tres días, para los fines de ley.”

Johanna Almanza Chevarria, jueza de Paz Letrado de Santiago-Cusco

Johanna Almanza Chevarria,


El informe pericial fue puesto en conocimiento de Alejandro Soto y su defensa legal. Fue así que, mediante el Escrito N° 9431-2024 del 20 de junio del 2024, el presidente del Congreso -a través de sus abogados- presentó una “Observación de liquidación de intereses de daños y perjuicios por inejecución de obligaciones más los intereses legales por la mora en el pago de la Contraloría General de la República” contra el monto establecido por los peritos judiciales.

El 28 de junio, a través de la resolución N° 70, la jueza declaró “inadmisible” la observación al concluir que Soto no había cumplido con pagar la “tasa judicial” que corresponde de acuerdo al Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para presentar dicho trámite.

“De la revisión de los anexos adjuntos al escrito, se advierte que el demandado, no ha cumplido con presentar la tasa judicial por Observación de Liquidación de intereses de daños y perjuicios por Inejecución de obligaciones mas los intereses legales por la mora en el pago de la Contraloría General de la República, conforme a la Resolución Administrativa N° 01-2024-CE-PJ (Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales)”, indicó la magistrada.

El pasado 15 de julio, tras subsanar el pago del arancel, el juzgado dispuso que se tenga por presentada la observación de Soto Reyes y su defensa legal contra los S/ 6,626.07. A través de una resolución ordenó que se corra traslado a los demandantes, la Procuraduría de la CGR y de la Municipalidad de Santiago, a fin de que presenten su posición.

Luego, el juzgado deberá pronunciarse si Soto Reyes es conminado a pagar el total de los intereses generados, ascendente a S/ 6,626.07, por la reparación civil que no había pagado por casi dos décadas o dispone reducir el monto.

El Comercio buscó al congresista Alejandro Soto para conocer su versión del caso; sin embargo no respondió. Finalmente, a través del asesor de la Presidencia, Eduardo Quezada, indicó que se encontraba con la agenda recargada y que el caso estaba en manos de su abogado en Cusco.

“Lo que me dijo es que el abogado de Cusco tiene el derecho de plantear lo que crea conveniente. Él (Alejandro Soto), ahora, está abocado al tema del Congreso, entonces allá se encarga el abogado de este tema, es lo que manifestó. Por la recargada agenda está un poco complicado, pero eso es lo que me manifestó.”

Eduardo Quezada, Asesor de la Presidencia del Congreso

Walter Pimentel, abogado de Alejandro Soto en Cusco, dijo a El Comercio que el caso está para pronunciamiento de un “ínfimo monto” sobre la liquidación de los intereses.

Al ser consultado por qué se observó el monto de S/6,626.07, señalado por los peritos judiciales, sostuvo que los abogados encargados no le habían manifestado las razones exactas.

Yo no lo he observado. El estudio trabaja con tres abogados, si han hecho la observación, seguro lo han hecho, porque como era algo pequeñísimo, seguramente por cuestión formal, por qué lo habrán observado, ellos tienen la facilidad de observar cuando se trata de cuestiones formales. No sabría el contenido de la observación”, indicó.

No obstante afirmó que, una vez que se resuelvan las observaciones y el juzgado emita la resolución final, acatarán la misma.

“Claro, lo que decida el juez, ya se acata. No hay ningún inconveniente, solamente la observación a ese punto, mis abogados lo habrán entregado para que lo aprueben los peritos y ya con una resolución final se cumple con hacer el pago final que queda”, insistió.