El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Salas Arenas, afirmó que la omisión del titular del Congreso, Alejandro Soto (Alianza para el Progreso), de no declarar una deuda por reparación civil para postular a ese poder del Estado estuvo en manos del Jurado Electoral Especial (JEE) del Cusco y nunca subió al pleno.
En declaraciones a Exitosa Noticias, indicó que al máximo organismo electoral nunca llegó una controversia como tal y en todo caso sería el propio JEE –que ya fue desactivado- o su presidente en ese entonces el que debería esclarecer el hecho.
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“Estuvo en manos del Jurado Electoral Especial, nunca llegó al Jurado Nacional de Elecciones ninguna controversia sobre ese particular. Lo único que puedo añadir es que nosotros no hemos revisado ese asunto, no lo hemos tomado en cuenta porque nunca subió para ser objeto (de análisis)”, expresó.
“Ha salido recién y en todo caso sería el Jurado Electoral Especial, que no está operativo, o por lo menos su presidente en ese tiempo quien tendría que señalar, tal vez, qué ocurrió, cómo pasó, y finalmente, la Procuraduría si es que hubiera algo que aclarar”, agregó.
Según ‘Panorama’, Alejandro Soto omitió informar que arrastraba un pago pendiente de S/ 10 mil por concepto de reparación civil desde el 2016, que le impedía postular al Parlamento.
Soto Reyes presentó ante el Jurado Electoral Especial (JEE) del Cusco una declaración jurada con la que aseguró no tener deuda total o parcial por reparación civil al 26 de octubre del 2020. No obstante, de acuerdo con “Panorama”, el legislador mintió para que su postulación al Congreso no fuera tachada.
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El artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones señala que los ciudadanos inscritos en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (Redereci) están impedidos de postular al Congreso.
El actual presidente del Parlamento fue sentenciado por difamación al culpar por la muerte de un joven al comandante PNP Nilo Chávez Luna, ex comisario del Cusco, en el 2011.
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Dos años después, la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Cusco ratificó el fallo condenatorio, que consideró un pago de S/ 10 mil por reparación civil. No obstante, Soto presentó una medida cautelar y esta dilató el pago.
Luego, en el 2016, el Quinto Juzgado Civil de Cusco dejó sin efecto la medida cautelar. Por ello, Soto tenía que cumplir con la reparación civil, pero no lo hizo.
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