La interpelación a Marilú Martens en el pleno del Congreso inició a las 10 a.m. (Foto: Anthony Niño de Guzmán / El Comercio)
La interpelación a Marilú Martens en el pleno del Congreso inició a las 10 a.m. (Foto: Anthony Niño de Guzmán / El Comercio)
Redacción EC

El pleno del aprobó anoche por mayoría un dictamen que modifica artículos de la Ley de Organizaciones Políticas referidos al financiamiento de los partidos.

En el artículo 31, que menciona las fuentes de financiamiento prohibidas, se dispuso que las agrupaciones políticas no puedan recibir aportes “de ningún tipo” de personas jurídicas nacionales o extranjeras.

Tampoco podrán recibir contribuciones de personas jurídicas nacionales sin fines de lucro, así como de personas naturales o jurídicas extranjeras sin fines de lucro, "excepto cuando estén exclusivamente destinadas a la formación, capacitación e investigación".

Antes de la aprobación del dictamen, solo estaban prohibidos los aportes –en dinero o en especies– de entidades o empresas del Estado, de confesiones religiosas de cualquier denominación y de partidos y agencias de gobiernos extranjeros, salvo cuando las contribuciones fueran destinadas a la formación, capacitación o investigación.

Las agrupaciones sí podrán recibir aportes de personas naturales. 

El dictamen que modifica la Ley de Organizaciones Políticas recoge proyectos de ley de varias bancadas. A favor de la iniciativa votaron 76 congresistas. Hubo 20 parlamentarios que estuvieron en contra y dos abstenciones.

El dictamen deberá someterse a una segunda votación, que debe realizarse luego de siete días calendario. .

—Las dádivas—
En la iniciativa también se aprobaron modificaciones al artículo 42 de la ley, referido a la entrega de dinero o dádivas.

Si bien los candidatos estaban prohibidos de entregar dinero y regalos, ahora tampoco podrán dar alimentos, medicinas, agua, materiales de construcción u otros objetos de naturaleza económica, "de manera directa, o a través de terceros por mandato del candidato y con recursos del candidato o de la organización política".

La sanción por la entrega de dádivas será una multa de 30 UIT (S/121.500), impuesta por el jurado electoral especial.

En caso de que el postulante "cometa nuevamente la infracción con posterioridad a que la sanción de multa adquiera la condición de firme o consentida, el jurado electoral especial dispone la expulsión".

Los postulantes solo podrán entregar propaganda electoral que no exceda el 0,3% de una UIT (S/12,15). Antes del cambio legislativo era de 0,5%.

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