Con el objetivo de formalizar la situación de extranjeros en condición migratoria irregular, la Superintendencia Nacional de Migraciones ha dispuesto el inicio de un nuevo proceso de formalización, que comenzará el próximo 15 de septiembre. Esta medida está dirigida a quienes han excedido el tiempo permitido de permanencia o cuya residencia en el país ha caducado.
Esta iniciativa se enmarca dentro del plan oficial establecido mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000110-2025-MIGRACIONES, la cual también prevé reforzar las acciones de control y supervisión migratoria en todo el país a través de operativos más rigurosos y frecuentes.
¿Quiénes NO podrán acceder al trámite de formalización de extranjeros desde el próximo 15 de septiembre?
La campaña, bajo el lema “Estar en regla no es opcional: ¡Formaliza tu situación migratoria ya!”, introduce un enfoque más riguroso que procesos anteriores. A diferencia de otras formalizaciones, esta no estará disponible para quienes hayan entrado al país de forma irregular. La medida se ajusta a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N.° 1582, emitido en noviembre de 2023, que reformó la Ley de Migraciones (DL 1350) y estableció que el ingreso sin control migratorio constituye una falta grave, castigable con la expulsión instantánea a través del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE).

Las personas que cumplan con los siguientes requisitos podrán acceder a este trámite
- Personas con exceso de permanencia: Quienes anteriormente contaron con un Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP o PTP) emitido por Migraciones y cuya vigencia ya expiró.
- Personas con exceso de residencia: Ciudadanos extranjeros cuyo Carné de Extranjería ha vencido, dejando su estatus migratorio fuera de regla.
- Niños, niñas y adolescentes en condición migratoria irregular: Menores de edad que podrán acogerse a este procedimiento para formalizar su situación en el país.
¿Cuáles son los otros requisitos a cumplir?
Para acceder al proceso, los solicitantes deberán acreditar un perfil limpio a nivel legal y de seguridad. Es indispensable no tener antecedentes penales, judiciales ni policiales, ya sea en territorio peruano o en el extranjero. Además, no podrán estar sujetos a alertas activas registradas en los sistemas de INTERPOL.
¿Cómo realizar y seguir este trámite?
Migraciones ha señalado que la mayor parte del procedimiento se llevará a cabo mediante su plataforma virtual, la Agencia Digital. A través de este canal, los usuarios podrán iniciar el trámite, adjuntar la documentación requerida y monitorear el estado de su solicitud de forma remota y segura.
¿Qué más debes saber sobre este trámite?
Para quienes hayan excedido el plazo de permanencia, el procedimiento a seguir será la solicitud de cambio de calidad migratoria. En cambio, aquellos con residencia caducada deberán gestionar la prórroga correspondiente para formalizar su situación legal en el país. Los documentos a presentar en ambos casos son los siguientes:
- Copia del carné vencido, ya sea CPP/PTP o Carné de Extranjería.
- Declaración jurada que acredite la ausencia de antecedentes penales.
- Documento de identidad vigente emitido por el país de origen.
- Para menores de edad, partida de nacimiento acompañada de la documentación del padre, madre o tutor legal correspondiente.

