Luego de la multa, la municipalidad tomará como medida el internamiento del vehículo y será devuelto una vez que se pague la infracción. (Foto: GEC)
Luego de la multa, la municipalidad tomará como medida el internamiento del vehículo y será devuelto una vez que se pague la infracción. (Foto: GEC)

Con el fin de garantizar la seguridad ciudadana y regular el tránsito en la jurisdicción, la Municipalidad de publicó hoy la Ordenanza N° 571-MDJM, en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, que restringe el servicio de transporte de pasajeros y carga a través de vehículos menores motorizados y no motorizados.

Es decir, a partir de mañana, la municipalidad prohibirá la circulación de mototaxis, motos que realicen servicio de taxi y triciclos que transporten carga en el distrito de Jesús María. También se incluye el traslado de balones de gas en los vehículos antes mencionados.

Newsletter Buenos días

Carlos Salas Abusada



El alcalde Jorge Quintana explicó a este Diario que en el distrito no existe ninguna empresa inscrita que brinde el servicio de mototaxis; sin embargo, se ha descubierto el ingreso de estos vehículos trasladando a pasajeros desde otros distritos.

"Hemos detectado a unas 25 mototaxis que han estado dejando pasajeros en Jesús María. Por eso (con la ordenanza) no podrán circular estos vehículos por el distrito", detalló.

De acuerdo a la ordenanza, el tránsito de vehículo menores de servicio de transporte de pasajeros y carga no está permitido en la toda la jurisdicción, incluyendo las vías metropolitanas como: Av. Brasil, sentido sur a norte de su vía auxiliar y vía principal; Av. 28 de Julio, sentido oeste a este; Av. General Salaverry, sentido norte a sur de su vía auxiliar y vía principal; Av. Cuba, sentido oeste a este y Av. Francisco Javier Mariátegui, sentido este a oeste.

Así también, como Jr. Cápac Yupanqui, sentido sur a norte; Jr. Belisario Flores, sentido oeste a este; Av. Faustino Sánchez Carrión, sentido este a oeste; Av. Eduardo Avaroa, en ambos sentidos; Av. Gregorio Escobedo, en ambos sentidos; Jr. Nazca, sentido oeste a este; Jr. General Canterac, sentido oeste a este; Calle Mogaburos, sentido oeste a este; Av. Talara, sentido este a oeste; Av. Santa Cruz, en ambos sentidos; Av. José Mariátegui, sentido oeste a este; Av. San Felipe, en ambos sentidos; Jr. José Sánchez Cerro, sentido sur a norte; Calle Daniel Olaechea, sentido este a oeste; Av. Cayetano Heredia, sentido oeste a este; Av. Húsares de Junín, sentido oeste a este y Av. José María Plaza, sentido oeste a este.

Según la comuna, se modificó el numeral 2.5 de la Ordenanza N° 468-2015-MDJM, el cual quedó de la siguiente manera: “’Internamiento De Vehiculos’: Consiste en el internamiento en el depósito municipal de aquello vehículos, carrocerías, chatarra, chasis o similares abandonados en la vía pública o respecto a vehículos menores motorizados o no motorizados que incumplan la normativa vigente respecto al tránsito del servicio de transporte de pasajeros y carga en vehículos menores, los que serán devueltos previo pago de la multa, el costo de internamiento y el pago por guardianía”.

-Infracción-
-Por prestar servicio público especial de pasajeros y/o carga en Vehículos Menores y/o mototaxi en vías de Jesús María se multará hasta con 1 UIT, el cual equivale a 4,200 soles.

-Por utilizar la vía pública como paradero informal de vehículos menores se multará hasta 2,100 soles.

- Por agredir físicamente y/o verbalmente al inspector durante el desarrollo de sus funciones se multará hasta 2,100 soles.

- Por negarse a la presentación de los documentos solicitados por la autoridad competente al momento de la intervención y/o fugarse se multará hasta 2,100 soles.

Luego de la multa, la municipalidad tomará como medida el internamiento del vehículo y será devuelto una vez que se pague la infracción.

Por último, los vehículos que se encuentran internados a consecuencia de un procedimiento sancionador que haya quedado consentido y/o firme y que no haya sido retirado en su oportunidad, serán declarados en abandono y se procederá a su remate respectivo. Todo ello se realizara conforme a las disposiciones legales vigentes.

Contenido sugerido

Contenido GEC