Martín Vizcarra
Martín Vizcarra
José Carlos Requena

En medio del polarizado debate sobre las pretendidas reformas política y judicial, ha pasado casi desapercibida la dación de más de cien decretos legislativos, emitidos por el Ejecutivo. Como se recuerda, el 2 de julio pasado, el Congreso aprobó otorgar facultades al gobierno de Martín Vizcarra para legislar sobre gestión económica, competitividad, integridad y lucha contra la corrupción, prevención y protección de personas en situación de vulnerabilidad, y modernización de la gestión de Estado, por un lapso de sesenta días contados desde el 18 de julio, cuando la norma fue promulgada.

La Constitución Política de 1993, en su artículo 104, faculta al Ejecutivo a legislar cuando el Congreso le otorga facultades, que deben ser entregadas para temas específicos, por un plazo determinado.

Desde julio del 2016, el Parlamento dominado por Fuerza Popular ha otorgado facultades en dos ocasiones, colaboración que contradice la percepción generalizada sobre un ánimo obstruccionista por parte del Congreso. El Gabinete liderado por Fernando Zavala emitió 112 decretos legislativos; el que encabeza César Villanueva no se ha quedado atrás. El Congreso, en tanto, ha dado cerca de 600 leyes, según reporta parlamentoabierto.pe, el proyecto conjunto de ESAN y 50+1.

Pero la distracción que origina el enfrentamiento entre el Ejecutivo y el Congreso hace que la acción legislativa del gobierno de Vizcarra pase desapercibida, sin el control político y ciudadano que el mandatario dice valorar.

Corresponde al Congreso revisar la constitucionalidad de las normas. Pero, seguramente, cualquier acción u opinión dada por el Parlamento podría ser tomada con desconfianza, dado su creciente descrédito.

Es poco lo que se ha opinado sobre los decretos legislativos. Iván Alonso (El Comercio, 21/9), por ejemplo, se ha referido al Decreto Legislativo 1424. Alonso opina que el decreto “no es justo”, ya que “limitar la deducción de intereses equivale a una doble tributación. Los intereses que no pueden deducirse tributan primero como parte de la renta del prestatario; y vuelven a tributar después como parte de la renta del prestamista”.

Otro ejemplo de la proactividad del Ejecutivo es el Decreto Legislativo 1451, un verdadero cajón de sastre. Pretende fortalecer “el funcionamiento de las entidades del gobierno nacional, del gobierno regional o del gobierno local, a través de las precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones”. O sea, todo y nada. El artículo 50, por ejemplo, modifica la ley de concesiones eléctricas y da más poder al burócrata de turno para casos de presunta integración vertical.

La Comisión de Constitución debería dedicarse en el más breve plazo a evaluar la constitucionalidad de los decretos legislativos emitidos por el Ejecutivo hasta el 19 de setiembre pasado. Pero siendo prioridad las reformas judicial y política planteadas por el presidente Vizcarra, seguramente se les dedique poco tiempo. Los decretos, así, podrían conservar la discreción y el bajo perfil que han mantenido hasta ahora.