Delsy Loyola Jorge

Unidad de Investigación

Como parte de la investigación por el caso , el fiscal , del equipo especial Lava Jato, solicitó la suspensión temporal de actividades del partido Fuerza Popular. El requerimiento se hizo a raíz de la incorporación de la organización política como persona jurídica al proceso. En breve entrevista con El Comercio, el fiscal Pérez explica algunos aspectos de esta medida.

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¿Cuál ha sido el argumento legal para plantear este requerimiento?

El requerimiento es como consecuencia de que la fiscalía logró finalmente, de parte de la Sala Penal de Apelaciones, la incorporación al proceso de como persona jurídica al proceso, resolución que fue dada el 20 de mayo de este año. Una vez que fue dada, estamos habilitados para solicitar esta medida al amparo del artículo 313 del Código Procesal Penal. Es una medida dentro del proceso y los fundamentos son los suficientes elementos de convicción.

Keiko Fujimori señaló que, pese al requerimiento de suspensión de su partido, se vienen "grandes novedades". ¿Cómo califica esta opinión?

No voy a entrar al tema político porque no es parte de mi acción. Sí me sorprende un poco la interferencia que está haciendo la señora Fujimori a la investigación cuando ella tiene una medida de comparecencia con restricciones y que, por respeto a los jueces que han dictado la medida, debería no interferir o entorpecer el regular desarrollo de los procesos [...] Entiendo que el pronunciamiento va a ser un argumento que va a ser incluido en nuestro requerimiento.

También se ha cuestionado la cercanía de este pedido de la fiscalía con el proceso electoral que se viene en el 2021.

Lamentablemente las personas [que están involucradas] pretenden utilizar el argumento político para deslegitimar o desacreditar las investigaciones y así obstruir el desarrollo del proceso. [El pedido] es consecuencia de que la Sala Penal de Acusaciones confirmó que se incorpore a Fuerza Popular. Nuestro pedido de incorporación de la persona jurídica al proceso data de más de un año. Desde diciembre de 2018, no han permitido que se incorpore la persona jurídica al proceso por estas medidas dilatorias de recusar al juez Concepción Carhuancho, luego recusar al juez Víctor Zuñiga. Si no hubiesen interpuesto estas medidas, probablemente ya hubiese habido un pronunciamiento sobre el [artículo] 313 mucho antes.

¿Cómo va la investigación sobre este caso? ¿Cuándo podrían estar presentando una acusación?

La investigación tiene que concluir este año. De ser el caso, cuando el fiscal interpone una acusación y comprende a una persona jurídica, tiene que solicitar medidas también contra la persona jurídica, que puede ser la clausura de actividades, la disolución y todas las medidas que señala el artículo 313. Tenemos el antecedente del caso que sigue el fiscal Germán Juárez. Al momento de plantear su acusación, también ha pedido medidas contra el Partido Nacionalista porque lo comprendió como persona jurídica. No son actuaciones arbitrarias, son arregladas a ley.

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