Con la llegada de julio, se intensifican los preparativos para celebrar las a lo largo y ancho del país. En Lima, numerosas municipalidades han comenzado a publicar decretos que ordenan el embanderamiento obligatorio de casas, oficinas públicas y privadas, además de negocios, durante todo el mes. Más que una simple tradición, esta práctica constituye un deber ciudadano respaldado por la legislación vigente. A continuación, te contaremos dónde es obligatorio izar la bandera por 28 de julio.

Desde el 2 de julio, los municipios de La Molina, San Isidro y El Agustino han dictado normas que exigen que todos los inmuebles del distrito, incluyendo hogares, oficinas y comercios, estén debidamente adornados con la bandera nacional. Estas medidas se sustentan en disposiciones legales como la Constitución y el Decreto Ley N.º 11323, que regulan el uso de los emblemas patrios durante las festividades de Fiestas Patrias.

Un caso concreto es el de la Municipalidad de La Molina, que mediante el Decreto de Alcaldía N.º 003-2025/MDLM establece formalmente esta medida, reforzando el compromiso con el respeto a los símbolos nacionales durante las celebraciones patrias.

Entre el 15 y el 31 de julio, el Cercado de Lima debe mostrar obligatoriamente la bandera nacional, según una orden emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Esta directiva también abarca otros distritos de la capital, donde se ha establecido la exhibición continua de la bandera durante todo el mes patrio. Por ejemplo, en Magdalena del Mar, mostrar la bandera del 1 al 31 de julio, mientras que en Punta Negra, San Isidro y otros sectores esta obligación se extiende hasta el cierre del mes. Distritos como Pueblo Libre, Comas y San Juan de Lurigancho también se suman a esta medida que busca reforzar el sentido de identidad nacional.

¿Cuánto es la multa por no izar la bandera?

El incumplimiento de la obligación cívica de exhibir la bandera nacional ha llevado a que diversas municipalidades implementen sanciones económicas para quienes no respetan esta normativa. Entre las penalidades vigentes, destaca que no colocar la bandera peruana en las propiedades puede acarrear una multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), lo que representa aproximadamente S/500. Por otro lado, si la bandera se encuentra en condiciones deficientes —como estar sucia, rota o deteriorada—, la multa puede alcanzar hasta el 50% de una UIT, es decir, cerca de S/2,500. En particular, en el distrito del Cercado de Lima, las multas por no cumplir con esta disposición pueden llegar a ser del 25% de la UIT, lo que equivale a unos S/1,287.50.

Qué características debe tener la bandera a izar

Durante las Fiestas Patrias, la bandera que se coloque en viviendas y predios privados debe cumplir con las siguientes condiciones:

-Sin escudo: Debe ser la Bandera Nacional sin escudo, según el uso civil establecido por ley.

-Colores y forma: Debe tener franjas verticales rojo-blanco-rojo y forma rectangular.

-Buen estado: No debe estar sucia, rota ni descolorida.

-Correcta colocación: Debe estar bien instalada y visible.

-Escudo solo en actos oficiales: El pabellón con escudo solo se usa en ceremonias oficiales y edificios públicos.

Puerto Inca, la nueva capital de la minería ilegal del oro
Puerto Inca, en Huánuco, es la nueva capital de la minería ilegal del oro de la selva.