Cada AFP estará encargada de brindar la plataforma  y los mecanismos para que sus afiliados puedan realizar el retiro de hasta 4 UIT de sus fondos de pensiones. (Foto: GEC)
Cada AFP estará encargada de brindar la plataforma y los mecanismos para que sus afiliados puedan realizar el retiro de hasta 4 UIT de sus fondos de pensiones. (Foto: GEC)
/ EL COMERCIO
Redacción EC

La aprobó el miércoles 19 de mayo el reglamento operativo para que los afiliados a las puedan realizar el retiro voluntario de hasta S/17.600 o cuatro de su fondo de pensiones. Todo este proceso cuenta con un cronogramas de plazos y fechas.

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La Ley 31192 fue creada para aliviar la economía familiar que ha sido afectada a raíz de la pandemia de . Según la , publicada este miércoles en el diario El Peruano para reglamentar la norma, las solicitudes para acceder al se podrá empezar a realizar desde el jueves 27 de mayo.

Tras la emisión del reglamento, las AFP contarán con un plazo de 8 días para adecuar sus sistemas y empezar a recibir las solicitudes. Según detalló la SBS, cada AFP será responsable de difundir y establecer los mecanismos para garantizar los canales adecuados de atención para las solicitudes de sus afiliados. Para ello deberán ofrecer plataformas que soporten el registro de las solicitudes en cuanto a plazos y capacidad de acceso, así como otros estándares mínimos que permitan la realización óptima del trámite.

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¿Quiénes pueden aplicar al retiro de AFP?

Todas las personas afiliadas al Sistema Privado de Pensiones (SPP) pueden aplicar a este beneficio, “salvo aquellos que califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo” (REJA), detalla la SBS en un tuit informativo.

Para esto, la AFP verificará los ingresos del afiliado desde abril de 2020 a marzo de 2021, cálculo en el que tendrá como fecha de corte el 30 de abril de este año. De esta manera, las AFP serán las entidades responsables de determinar si un afiliado califica o no al retiro.

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¿Qué sucede con los peruanos residentes en el extranjero?

Por otro lado, las AFP también serán responsables de establecer los protocolos de comunicación para los afiliados que residan en el extranjero o estén físicamente imposibilitados para realizar el trámite de forma convencional. Por lo que estas entidades deberán habilitar canales y formatos que faciliten la solicitud de retiro en estos casos.

Las AFP también serán responsables de realizar la retención judicial o convencional solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del 30% del monto retirado en cada armada.

¿Cuál es el plazo para acceder al retiro de AFP?

Este beneficio no será permanente, sino que cuenta con un plazo. Los afiliados tendrán 90 días calendarios para presentar la solicitud de retiro ante sus AFP. Esto se podrá realizar por única vez desde el inicio de las solicitudes hasta el 24 de agosto de este año.

¿Cuál es cronograma que seguirán las AFP?

Cada AFP se ocupará de informar a sus afiliados sobre los métodos y plazos a seguir para el retiro de los fondos. Por los pronto, las , y coinciden en un cronograma ordenado por el último dígito del DNI:

Último dígito del DNIFechas
0, letra u otro27 de mayo - 28 de mayo
131 de mayo - 1 de junio
22 de junio - 3 de junio
34 de junio - 7 de junio
48 de junio - 9 de junio
510 de junio - 11 de junio
614 de junio - 15 de junio
716 de junio - 17 de junio
818 de junio - 21 de junio
922 de junio - 23 de junio

En la mayoría de los casos, el mismo cronograma y procedimiento aplica para los afiliados que viven en el extranjero. Sin embargo, es mejor realizar la verificación correspondiente con la AFP en la que te encuentres afiliado.

¿Cómo se realizarán los retiros?

La entrega de los fondos se realizará según lo siguiente:

DesembolsosPlazos
Primer desembolso de hasta 1 UITEn un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
Segundo desembolso de hasta 1 UITEn un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UITEn un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.

Para este tipo de trámites, es importante tener presente el valor de la UIT a tomar en cuenta para el retiro facultativo es aquel que se encuentre vigente a la fecha de presentación de la solicitud por parte del afiliado ante la AFP. Para el periodo 2021, el valor de la UIT es equivalente a S/ 4.400.

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