El Pleno del Congreso de la República, aprobó una ley que permite retirar el 100% de la CTS hasta diciembre del año 2023, aunque todavía falta que el Ejecutivo promulgue la norma, pero ya se tienen varios detalles al respecto.
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El proyecto ya fue enviado al Poder Ejecutivo y se espera que esta semana el presidente de la República, Pedro Castillo, firme la norma y la promulgue. Después de eso, hay un plazo de 15 días para establecer las reglas que seguirá el retiro de la CTS del 100%, de tal forma que se pueda hacer de la manera más ordenada posible.
La norma indica que todos los trabajadores sin excepción podrán retirar el 100% de lo que tengan guardado en su cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Esto incluye el pago que se ha realizado en el presente mes de mayo.
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Cabe resaltar que la Compensación por Tiempo de Servicios es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador con la finalidad de protegerlo al momento que la relación laboral finaliza. Es porque, en condiciones normales, el 100% de la CTS solo se puede retirar cuando el trabajador termina es despedido o renuncia.
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¿Qué trabajadores reciben CTS?
- Los trabajadores del régimen privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
- Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
- Los trabajadores de la microempresa no están comprendidos en el beneficio.
- En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.